La organización denuncia que condicionar el ingreso al Programa de Acompañamiento a la Identidad de Género (PAIG) a la autorización de un adulto en menores de 14 años vulnera derechos fundamentales, desacata fallos del Tribunal Constitucional y deja en total desprotección a las niñeces sin apoyo familiar.
La Red Nacional de Mapadres y Cuidadoras/es de Niñeces y Juventudes Transdiversas emitió hoy una declaración pública rechazando categóricamente la Circular N°8 del Ministerio de Salud (Minsal), alertando sobre su gravedad jurídica, política y ética. La agrupación define esta medida administrativa como una «manifestación indecorosa de violencia institucional» ejercida directamente contra las niñeces trans.
Regresión Institucional y Violencia Administrativa
La controversia se centra en la exigencia de una autorización obligatoria de padres o cuidadores para que menores de 14 años ingresen al Programa de Acompañamiento a la Identidad de Género (PAIG). Según la organización, esto no constituye un ajuste técnico ni una consecuencia inevitable del orden normativo, sino una «decisión política-administrativa consciente que opta por maximizar el daño sobre una población históricamente violentada».
La «Trampa Jurídica» de la Ley de Presupuestos
La Red Nacional cuestiona el argumento del Minsal, que justifica la circular en la Ley de Presupuestos 2025. La declaración sostiene que esta justificación encierra una «trampa jurídica», pues confunde jerarquía normativa con competencia material.
Al respecto, la organización enfatiza que la Ley de Presupuestos es de naturaleza financiera y tem.poral, por lo que «no puede crear derechos, modificar su contenido esencial ni, menos aún, restringir derechos fundamentales reconocidos por la Constitución». Pretender subordinar el derecho a la salud y a la identidad de género a una glosa presupuestaria implica una vulneración directa de la supremacía constitucional.
Desacato al Tribunal Constitucional
El comunicado advierte que esta medida administrativa representa un «desacato institucional indirecto» al fallo del Tribunal Constitucional del 24 de abril de 2025 (Rol N° 15.664-24). Dicha sentencia estableció previamente que excluir a menores de 14 años de procedimientos de identidad de género basándose en la edad constituye una discriminación arbitraria que vulnera la dignidad humana y el principio de autonomía progresiva.
La Red denuncia que el Minsal está utilizando una circular para «reinstalar, por vía administrativa, barreras etarias y tutelas adultas obligatorias previamente declaradas inconstitucionales».
Exclusión de las Niñeces más Vulnerables
Uno de los puntos más críticos es el impacto en niñeces que no cuentan con apoyo familiar o que están bajo cuidado del Estado. Para este grupo, la exigencia de autorización adulta «no opera como una salvaguarda, sino como una exclusión absoluta».
La declaración subraya que son precisamente quienes enfrentan mayores niveles de abandono y violencia quienes quedan fuera de la política pública, contraviniendo la Convención sobre los Derechos del Niño.
El Deber de No Obediencia ante Vulneraciones de Derechos
Finalmente, la organización recuerda que la «obediencia jerárquica» no justifica actos administrativos que vulneren derechos humanos y que el Minsal estaba obligado a evitar esta restricción inconstitucional. El comunicado cierra con un llamado enfático al mundo adulto y al Estado: «El goce pleno de los derechos de niñeces y juventudes no está supeditado a aprobación adulta».
