sábado, mayo 4, 2024
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Comisión del Senado Aprobó Indicación Presentada por la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio que Prohíbe Terapias de Conversión

Crédito fotografía: Patricio Muñoz Moreno

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En el marco del debate para la modificación de la Ley Antidiscriminación, conocida como Ley Zamudio, la comisión de Derechos Humanos del Senado aprobó la indicación al artículo segundo, presentada por la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio y patrocinada por la Senadora Adriana Muñoz.

La indicación, que fue aprobada tal cual se redactó originalmente, señala que “También se considerará discriminación arbitraria todo acto, práctica y/o tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico  o de cualquier otra naturaleza que tenga como objetivo modificar la orientación sexual o la identidad y expresión de género de una persona o un grupo de personas».

Dicho artículo causó polémica la semana pasada cuando la subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, realizó una observación a la prohibición de las terapias de conversión a personas LGTBIQ+ en la que expuso que podría ir contra la voluntad de una persona. «¿Qué pasa si una persona quiere acceder a dichas terapias? podría acusar discriminación», dijo.

Este lunes el ejecutivo presentó una corrección que indicaba que “Las terapias, prácticas o tratamientos, que pueden ser de naturaleza médicos, psicológicos o psiquiátricos, que tengan como objetivo cuestionar, anular, obstaculizar o menoscabar la orientación sexual, la identidad o expresión de género de una persona, constituyen siempre un acto de discriminación arbitraria”. El Senador Juan Ignacio Latorre, presidente de la comisión, hizo las siguientes observaciones: falta la referencia “o de cualquier otra naturaleza” que tiene la indicación de la senadora Muñoz; no se habla de modificar o corregir, que es algo que sucede en el ámbito de las terapias de conversión y reduce el debate de su prohibición a los aspectos netamente médicos.

De esta manera, la indicación de la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio fue aprobada por 3 votos a favor, de la senadora Muñoz y los senadores Latorre y Alejandro Navarro y dos votos en contra, de Felipe Kast e Iván Moreira.

La abogada de la agrupación, Constanza Valdés, calificó esta aprobación como un hito  histórico “en el avance de la prohibición de las terapias de conversión que todavía siguen existiendo al alero de muchas instituciones privadas, clínicas y universidades, por ejemplo”.

“Lamentamos que la Subsecretaría no haya pedido perdón por sus declaraciones y lo haya dejado como un malentendido por parte de activistas y personas de la sociedad civil. Discusiones como estas deben estar presentes ineludiblemente en el Proceso Constituyente», agregó.

Ahora, el proyecto de ley que modifica y fortalece la Ley Zamudio y establece medidas contra la discriminación pasará a votación en la Sala del Senado.

Terapias de Conversión

Las terapias de conversión son utilizadas para describir las intervenciones médicas que tienen como creencia modificar la orientación, identidad o expresión de género de una persona. México prohibió  hace poco esta práctica, mientras que en Ecuador existen innumerables clínicas que se dedican a estas terapias, condenadas por organismos internacionales como la Organización Panamericana de la Salud, que declara que estas prácticas «no tienen justificación médica y representan una grave amenaza para la salud y los derechos humanos de las personas afectadas».

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