jueves, abril 25, 2024
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Organizaciones Piden al Congreso No Seguir la Tramitación del Proyecto que Regula Plataformas Digitales

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Organizaciones de la sociedad civil dieron a conocer sus reparos al Proyecto de Ley que Regula Plataformas digitales, presentado con fecha 1 de septiembre de 2021, el que se encuentra en la Comisión Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación del Senado, en primer trámite constitucional, y recomendaron no continuar con su discusión puesto que “estaría contraviniendo las mejores prácticas y recomendaciones regulatorias internacionales de derechos humanos”.

Por medio de una declaración las entidades realizaron una serie de observaciones críticas sobre el impacto de la norma en el derecho a la libertad de expresión y pidieron a las y los legisladores abrir el debate. Entre ellas señalan que el proyecto de ley (Boletín N°14.561-19) aborda de manera confusa las regulaciones de materias propias de otros cuerpos legislativos. Por ejemplo, “la protección de datos personales, libertad de expresión, derecho del consumo o protección a la infancia, son abordadas en forma inorgánica y con una ausencia de coordinación con dichos cuerpos normativos, lo que no contribuye a ofrecer soluciones efectivas ni respetuosas de los derechos humanos, que son afectados por las problemáticas que inspiran, supuestamente, a esta iniciativa legislativa”.

El Proyecto crea el concepto de “consumidor digital” y apoya su regulación en dicha noción, lo que a juicio de las organizaciones ignora “aspectos de los derechos fundamentales involucrados en el uso de plataformas digitales, así como la creación de reglas de responsabilidad que allí mismo se destaca”.

Añaden que “busca consagrar inapropiadamente el derecho de “libertad de expresión digital”, sin considerar que -como lo han señalado el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- hacer una distinción entre el ejercicio de la libertad de expresión offline y online es incorrecta”. Frente a esto, las organizaciones firmantes aclaran que el derecho a la libertad de expresión “es el mismo, y uno solo, así como que la garantía de cualquiera de los derechos establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, debe ser igualmente respetada en los entornos digitales”.

Regulación inapropiada de noticias falsas

En tanto, argumentan que la iniciativa “propone una regulación inapropiada del fenómeno de las noticias falsas o fake news”, ignorando la experiencia internacional acumulada en la materia, que muestra especialmente la dificultad e incerteza jurídica respecto de determinar lo que se entiende por “información manifiestamente falsa”, provocando -explican- “una colisión entre las garantías fundamentales de la libertad de expresión y de la libertad de informar, sin censura previa, generando incentivos para que las plataformas remuevan contenidos, lo que afecta el pluralismo informativo”.

Agregan que crea incentivos perversos para que las plataformas digitales puedan eliminar contenido, que pueda ser calificado como ilícito, utilizando para esto el concepto de “derecho a la rectificación y al olvido”, sin tener claridad legal de quién podría realizar esa calificación, ni si se requerirá la intervención de la justicia para ponderar los derechos fundamentales en juego, como la privacidad o libertad de expresión, entre otros. En ese marco recuerdan que el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos -firmada y ratificada por Chile-, prohíbe la censura previa y la censura indirecta, por lo cual la regulación propuesta por el Proyecto de Ley no estaría en concordancia con las obligaciones contraídas por Chile para la protección de la libertad de expresión.

Libertad de expresión

Oro de los temas que abordan es que la norma establece la “responsabilidad objetiva” de los proveedores de plataformas digitales y crea la figura del “daño punitivo”, figura que no tiene reconocimiento legal en el sistema jurídico chileno. Por su parte, “el sistema de responsabilidad objetiva podría acarrear consecuencias indeseadas, fomentando el establecimiento de mecanismos de control de contenido preventivo, afectando la libertad de expresión de las usuarias y los usuarios de cualquier plataforma”, indican.

Enfatizan que el establecimiento de este sistema de responsabilidad contraviene las recomendaciones internacionales sobre la materia, tal como lo ha hecho la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al expresar que “un esquema de responsabilidad objetiva en el ámbito de la comunicación electrónica o digital es incompatible con estándares mínimos en materia de libertad de expresión”.

En otro punto, plantean que el proyecto presenta una absoluta imprecisión sobre la definición de qué son plataformas digitales, “lo que aumenta el riesgo señalado respecto de las consecuencias de remover contenidos en el seno del establecimiento de un ecosistema con pluralidad de voces”. Para las organizaciones cualquiera de las medidas propuestas puede afectar tanto a un blog de una organización de la sociedad civil, como a una institución académica; a una cuenta o página de red social de una agrupación social; así como a un medio de comunicación comunitario o a uno independiente.

Por último, subrayan que la posibilidad de suspensión de una plataforma digital abiertamente contraviene las recomendaciones de los organismos de protección de derechos humanos para asegurar y promover una internet libre y abierta, y garantizar la libertad de expresión.

Debate especializado y participativo

Por todo lo anteriormente expuesto, “recomendamos no seguir adelante con la tramitación de este proyecto de ley”, señala la declaración, en la que las organizaciones piden dedicar el tiempo y el espacio necesarios para realizar un debate abierto, amplio y participativo, “que considere las recomendaciones de las y los especialistas, así como las propuestas y el trabajo especializado que han realizado varias organizaciones académicas y de la sociedad civil, tanto en Chile como a nivel Latinoamericano”. Se trata, dicen, “de buscar una regulación con un estándar democrático apropiado y que no afecte las garantías constitucionales”.

Entre las organizaciones adherentes están Internet Society Capítulo Chile – Directorio, el Observatorio del Derecho a la Comunicación, Fundación Datos Protegidos, Derechos Digitales, Centro de Estudios de Derecho Informático de la Universidad de Chile, la Asociación de Investigadores en Artes y Humanidades, el Colegio de Periodistas de Chile, Fundación Saber Futuro y la Red de Periodistas y Comunicadores Feministas.

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