Inicio Destacado Suseso y redes sociales: el nuevo rostro de la fiscalización de licencias...

Suseso y redes sociales: el nuevo rostro de la fiscalización de licencias médicas

Foto de Scott Graham en Unsplash

Foto de Scott Graham en Unsplash

El pasado 5 de noviembre, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó la Circular N°3890, que autoriza a las COMPIN e Isapres a acreditar el incumplimiento de reposo médico mediante distintas fuentes de información: bases de datos institucionales, registros administrativos del sector público -como los de la Policía de Investigaciones o el Servicio de Impuestos Internos- e incluso publicaciones en redes sociales.

De acuerdo con esta circular, si una persona comparte en internet información que  demuestre que no estuvo en su domicilio durante el reposo, ese antecedente podría ser utilizado para rechazar la licencia médica. La norma pide comprobar que el hecho ocurrió durante la licencia, aunque no aclara qué se entiende por una prueba válida.

El fortalecimiento de la fiscalización se entiende en un contexto donde la confianza pública fue afectada por casos de mal uso de licencias médicas, especialmente en el sector público. Sin embargo, la institucionalidad no puede asumir que toda persona actúa de mala fe. El derecho a la privacidad y a la protección de datos personales es tan importante como la transparencia y la probidad. Ambas dimensiones deben coexistir sin vulnerar derechos fundamentales.

El problema es que la circular utiliza expresiones amplias y ambiguas , como –“otros registros” o “fuentes de libre acceso público”– que pueden derivar en interpretaciones peligrosas. Permitir el uso de redes sociales o publicaciones digitales como herramienta de fiscalización puede abrir la puerta a prácticas abusivas o intrusivas, afectando el derecho a la vida privada, al honor y a la integridad personal.

La vida privada es un espacio esencial para el desarrollo libre de la personalidad. Cuando las instituciones públicas o privadas comienzan a vigilar ese espacio, el límite entre fiscalización y control social se vuelve difuso. Además, el uso indebido de información obtenida por redes puede dar lugar a persecuciones, acoso o exposición injustificada de datos personales.

Por otra parte, las COMPIN ya cuentan con mecanismos formales para verificar el cumplimiento del reposo, como las visitas domiciliarias. Entonces, ¿es realmente necesario que las personas funcionarias revisen redes sociales para determinar si una persona con licencia salió de casa? ¿Es esa su real función?

La ley 21.746 ya reforzó la fiscalización de licencias médicas. Lo que necesitamos ahora no son medidas de vigilancia más extensas, sino políticas públicas que equilibren el control con el respeto por la dignidad y la intimidad. Las herramientas digitales no pueden transformarse en excusas para la desconfianza ni en nuevas formas de vigilancia sobre la ciudadanía.

La buena fe debe seguir siendo la regla, no la excepción.

Salir de la versión móvil