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Chile se Convierte en el Octavo País de América Latina en Aprobar el Matrimonio Igualitario

Crédito foto: Instagram @movilh.

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Fue la Presidenta Michelle Bachelet la que envió al Congreso Nacional, el año 2017, el proyecto de ley sobre Matrimonio Igualitario. Para sorpresas de todos y todas, el Presidente Sebastián Piñera, en su última cuenta pública, en junio pasado, anunció que su administración le pondría suma urgencia al cuerpo legislativo. Finalmente, este martes 7 de diciembre de 2021, después de 4 largos años de discusión, el Congreso Nacional aprobó el Matrimonio Igualitario en Chile, con críticas de las disidencias sexuales al Parlamento por su demora en hacer ley dicho proyecto.

Cabe recordar que la decisión presidencial provocó un tremendo disgusto en su propia colación de gobierno y en los sectores más conservadores del país. En el Senado se aprobó con la mayoría de los votos de la oposición y de dos integrantes de Chile Vamos, pues el resto de los senadores y senadoras del oficialismo sufragaron en contra, algunos aduciendo motivaciones religiosas. Al respecto, el senador por la Región de Los Lagos, Iván Moreira, un férreo defensor de las iglesias evangélicas, manifestó que el matrimonio siempre será entre un hombre y una mujer, y que su voto en contra es por la familia.

Una opinión similar es la que defiende el candidato presidencial de la extrema derecha, José Antonio Kast, quien en su programa de gobierno plantea su oposición y a la opción de adopción.

El jueves 22 de julio de 2021 pasado, quedó en la historia de las agrupaciones de la sociedad civil y de las diversidades sexuales que estuvieron luchando por años para que se reconozca el matrimonio entre personas del mismo sexo, como también los derechos filiativos y la adopción homoparental y lesbomaternal, que corre paralelamente por otra iniciativa legal.

Desde el Movilh, Rolando Jiménez expresó que culmina así una larga lucha de parte de las organizaciones de la diversidad sexual e indicó que no le “sorprendía los votos en contra de una derecha que ha demostrado siempre que es cavernaria”.

Los aspectos clave del proyecto

La iniciativa redefine el concepto de matrimonio como “un contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente”.

Esto implica que se modifican las obligaciones y deberes, estipulando que, independientemente de si se trata de personas de igual o de distinto sexo, ambos cónyuges deben proveer a las necesidades de la familia común, atendiendo a sus facultades económicas y al régimen de bienes que entre ellos exista.

Sobre el régimen de bienes, se entenderán separados totalmente los bienes, sin perjuicio de la facultad de optar por el régimen de participación en los gananciales en las capitulaciones matrimoniales, o de sustituirlo por éste durante la vigencia del matrimonio.

Respecto a la filiación, se indica que los progenitores de una persona son aquellas respecto de las cuales se ha determinado la relación de filiación, es decir, su madre y padre, sus dos madres, o sus dos padres. En el caso de una pareja de mujeres, se regula también la filiación del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida. Este último punto fue cuestionado por el Senado, ya que los sectores más conservadores de la oposición y del oficialismo rechazaron esta indicación de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Otro punto clave es que aquellos matrimonios entre personas del mismo sexo que se hayan concretado en el extranjero serán reconocidos en Chile.

Este proyecto modifica además una serie de legislaciones, entre ellas, la ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, la ley de Acuerdo de Unión Civil, la reforma sobre el Registro Civil, la ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, el Decreto que fija las normas sobre Sistema Único de Prestaciones Familiares y Sistema de Subsidios de Cesantía para los Trabajadores de los Sectores Privado y Público, y la ley sobre Adopción de Menores.

 

 

 

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