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CONUPIA valora fallo del Tribunal Constitucional y destaca defensa de la reconexión gratuita de servicios básicos

La Confederación Nacional de la Pequeña, Mediana Industria, Artesanado y Cooperativas de Chile (CONUPIA) valoró la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de rechazar, por nueve votos contra uno, el requerimiento presentado por el Gobierno contra la norma que establece la reconexión gratuita de servicios básicos en zonas declaradas en estado de catástrofe.

Foto: IG @conupia_oficial

 

El Tribunal Constitucional rechazó este martes el requerimiento presentado por Ejecutivo contra el artículo 31 de la denominada Ley de Reconstrucción Nacional, disposición que obliga a las empresas de servicios básicos a reconectar gratuitamente a usuarios residenciales y MiPymes afectados por una emergencia o catástrofe. La decisión fue adoptada por una contundente mayoría de nueve votos contra uno.

Desde CONUPIA destacaron especialmente las gestiones realizadas junto a la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (CONADECUS) para respaldar la vigencia de esta norma y evitar que prosperara el requerimiento del Ejecutivo.

El presidente de CONUPIA, Humberto Solar, señaló que el fallo constituye una señal relevante para las familias y las pequeñas y medianas empresas que enfrentan las consecuencias de una catástrofe.

“Como CONUPIA valoramos profundamente este fallo del Tribunal Constitucional. Junto a CONADECUS realizamos gestiones para que el requerimiento del Gobierno no prosperara, porque entendemos que esta norma protege a las familias y también a miles de MiPymes que, después de una catástrofe, necesitan recuperar rápidamente condiciones mínimas para volver a funcionar”.

Solar agregó que la resolución representa también “un revés para las grandes empresas eléctricas y generadoras que durante la pandemia y también en el último tiempo han registrado importantes niveles de ganancias, mientras las familias y las pequeñas empresas han debido enfrentar los efectos económicos de las emergencias y el aumento de sus costos”.

“No parece razonable que, frente a una catástrofe, el peso de la emergencia termine recayendo nuevamente sobre las familias y las MiPymes. La solidaridad y la responsabilidad social también deben expresarse desde quienes tienen una posición económica mucho más fuerte”, sostuvo el dirigente gremial.

La norma establece mecanismos de reconexión gratuita para los servicios de agua potable, electricidad y gas en territorios declarados en estado de catástrofe, con plazos específicos para la restitución de los suministros. En el caso de electricidad y gas, el plazo contemplado es de hasta 48 horas, mientras que para agua potable y alcantarillado es de 24 horas.

Desde CONUPIA señalaron que ahora corresponde que la discusión sobre reconstrucción se traduzca en medidas concretas que permitan que las MiPymes afectadas por emergencias puedan reanudar sus actividades con rapidez, evitando que la pérdida de servicios básicos se transforme en un factor adicional de endeudamiento, cierre o pérdida de empleos.

“Este fallo reafirma que la reconstrucción debe poner en el centro a las personas, a las comunidades y a quienes generan empleo. Las MiPymes no pueden ser siempre las que paguen los costos de las crisis”, concluyó Solar.

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