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Triunfo Histórico para Sindicato Starbucks: Ya No Podrán Llamarles “Partners” ni Interrumpir sus Recesos

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La empresa además deberá eliminar una serie de normas restrictivas que afectaban, entre otras cosas, diversas garantías constitucionales de sus empleadas y empleados, como la libertad de opinión, pero también el pago de sus horas extras, las relaciones afectivas entre empleados/as, sus descansos y colación, y sus condiciones contractuales.

Las y los trabajadores del Sindicato Starbucks, tras presentar una impugnación del Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad ante la Inspección Comunal Oriente en el 2018, cerca de tres años después, acaba de recibir la resolución que les permite modificarlo sustancialmente.

El dirigente histórico del sindicato, Andrés Giordano -quien es candidato a diputado independiente por el distrito 9-, comentó que “se trata de un hecho insólito, que llega tarde, pero llega la justicia como la veníamos peleando hace años. Esto nos permitirá normalizar diversas áreas de la relación laboral que quedaban a la voluntad de la empresa, en muchos casos transgrediendo garantías constitucionales mínimas.”

Entre los cambios que Starbucks deberá aplicar en los próximos días están que no podrán marcar la salida de la jornada laboral y seguir trabajando sin remuneración de esas horas; la multinacional ya no podrá interrumpir sus recesos ni llamarles partners, sino trabajadoras y trabajadores; no podrán solicitar certificado de antecedentes personales, médicos y otros datos discriminatorios al momento de contratar; no podrá prohibir relaciones amorosas entre empleados/as y no estará permitido modificar arbitrariamente los beneficios, obligaciones y prohibiciones del personal, ni hacer distinciones injustificables.

Asimismo, la empresa ya no podrá apropiarse de los inventos de las y los trabajadores, cobrarles la pechera verde con la que trabajan, ni prohibirles el ingreso de artículos electrónicos como celulares. Tampoco se les exigirá cierta conducta fuera del trabajo, ya que hasta hoy se les demandaba “una conducta y moralidad intachables, tanto en el trabajo como en sus actividades privadas”.

Starbucks ya no podrá exigir “con anticipación suficiente como para arreglar un reemplazo” los avisos de inasistencias, entendiendo que existen situaciones de salud o fuerza mayor; tampoco prohibir hacer declaraciones públicas sobre la compañía, cuidando la libertad de opinión sin censura; ni usar las cámaras de seguridad con fines disciplinarios, estableciendo mecanismos para que las y los trabajadores puedan acceder a estas grabaciones.

Giordano finalmente destacó que “la relación con Starbucks hoy es indudablemente mejor que cuando presentamos este escrito hace tres años, sin embargo tener certeza jurídica después de tanto tiempo de movilización es lo que corresponde. No queremos intromisiones no deseadas en las redes sociales personales de las y los trabajadores, ni que se les censure su libre opinión, incluso si eso es frente a medios de prensa y contradice la versión de la empresa. Hemos logrado hacer valer mínimos constitucionales como la libertad de opinión, hacer uso de la licencia médica, la libertad de trabajo, el derecho a la vida privada y la estabilidad, y el control de quienes trabajamos sobre las modificaciones de nuestras condiciones de empleo, lo que esperamos sirva como ejemplo para otras empresas del rubro como Burger King y McDonalds”.

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