martes, mayo 7, 2024
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Relatoría Especial para Libertad de Expresión: Proceso Penal Contra LasTesis Podría Conducir a la Criminalización de Expresiones Artísticas y de Protesta

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La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó preocupación por la investigación criminal iniciada en Chile contra el colectivo feminista LasTesis, y advierte que podría conducir a la criminalización de expresiones artísticas y de protesta amparadas por el derecho a la libertad de expresión.

A través de un comunicado, la Relatoría detalla que diversos medios de comunicación informaron que Carabineros de la V Zona Policial presentó ante la Fiscalía una denuncia penal por amenazas, atentado contra la autoridad e incitación a la violencia contra la policía, en la que responsabiliza de la comisión de estos presuntos delitos a LasTesis, la que fue respaldada de manera pública por el ministro del Interior y que cuestiona una serie de canciones y performances audiovisuales que se difunden en redes sociales.

La denuncia hace mención en particular a Un violador en mi camino, “que se ha convertido en una forma expresiva emblemática de condena a la violencia de género en distintas partes de la región; y un segundo video en el que este grupo de activistas denuncian el abuso policial en América Latina, enfatiza la declaración.

Derecho de las mujeres a la libertad de expresión

Según la declaración, el Estado de Chile informó a la Relatoría que se trata de una denuncia puntual, en relación a hechos que podrían constituir delitos comunes y que en particular se cuestiona que podría existir incitación a la violencia constitutiva de delitos específicos, con llamados a ´prender fuego a los pacos´, no obstante, las integrantes del grupo han controvertido ese contenido y señalaron que la frase no formaría parte de la obra aludida.

La entidad destaca que la Fiscalía de Valparaíso habría abierto a trámite una investigación y ordenado una serie de diligencias incluyendo la solicitud de ampliación de la información aportada por la propia Policía de Carabineros que presentó la querella.

En ese contexto, la Relatoría Especial menciona que bajo el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos los discursos sobre asuntos de interés público tienen una protección reforzada, en especial aquellos que expresan elementos esenciales de la identidad o denuncian situaciones de violencia y discriminación estructural” y que la CIDH ha subrayado la necesidad de garantizar el derecho de las mujeres a la libertad de expresión y acceso a la información como herramienta para combatir la violencia basada en su género.

En ese sentido, acota, “las expresiones de protesta contra la violencia de género por parte de defensoras de derechos humanos, artistas y colectivos de mujeres, que se han expandido gracias al rol que juega la protesta en línea, han sido de gran valor para concientizar sobre la persistencia de un problema que impide el derecho de las mujeres a disfrutar de una vida libre de violencia.

Figuras penales ambiguas

Junto con ello, la Relatoría insiste en la necesidad de no utilizar figuras penales en blanco, vagas o ambiguas para criminalizar expresiones que, si bien pueden ser ofensivas, chocantes o irritan a funcionarios o a parte de la población, configuran expresiones de interés público que no deberían ser criminalizadas en una sociedad democrática.

Por otra parte, añade que los discursos que incitan a la violencia contra cualquier persona o funcionarios del Estado no son objeto de protección por parte de la libertad de expresión; no obstante, las expresiones artísticas o de protesta deben ser analizadas en su contexto y requieren que el discurso en cuestión sea un llamado verosímil, real e inminente a producir hechos de violencia.

En su reciente informe sobre mujeres periodistas, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recuerda que «el derecho a la libertad de expresión también es fundamental para asistir a los grupos vulnerables a restablecer el equilibrio de poder entre los componentes de la sociedad. Además, este derecho es útil para promover la comprensión y la tolerancia entre las culturas, favorecer la deconstrucción de estereotipos, facilitar el libre intercambio de ideas y ofrecer opiniones alternativas y puntos de vista».

 Por último, la entidad llama la atención respecto a que la tramitación de esta clase de investigaciones debe ofrecer garantías de imparcialidad, debido proceso y contar con personal capacitado en las connotaciones y estereotipos discriminatorios arraigados en la sociedad, en este caso las mujeres.

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