sábado, abril 20, 2024
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La Prisión Como “Terapia de Shock” para Manifestantes: el Caso de Felipe Santana

Crédito fotografía: Patricio Muñoz Moreno

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Felipe Santana es uno de los presos políticos de la revuelta social de octubre de 2019. Se mantuvo detenido bajo prisión preventiva alrededor de 11 meses, para luego ser condenado a siete años de presidio. Sin embargo, las pruebas no esclarecen su participación en los hechos que se le imputan, y este parece no ser un caso aislado.

Su condena es un reflejo de la desigualdad en el sistema judicial penal, y una advertencia en tono de amenaza para quienes hagan valer un derecho garantizado en la actual constitución y respaldada por los organismos internacionales de los DD.HH: manifestarse.

Al igual que Felipe, según el informe mensual del Instituto de Derechos Humanos de Chile (INDH) fueron 2.500 personas encarceladas durante el período del 16 de octubre cd 2019 hasta el 16 de marzo de 2020. Entre ellos se encuentran menores de edad que están recluidos en una de las instituciones más cuestionadas dentro de la protesta social, el Servicio Nacional de Menores (Sename).

La criminalización de la protesta

En el conversatorio “DDHH y garantías ciudadanas de los presos de la revuelta: el caso de Felipe Santana”, organizado por la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, Mónica Hernández, directora del Liceo Forjadores de Alerce en Puerto Montt fue la encargada de relatar la historia y el contexto de vulnerabilidad de Santana.

Un joven de 20 años, con discapacidad cognitiva leve y sin un núcleo familiar presente. El plan de vida que tenía Felipe era un ejemplo de esfuerzo y superación. Participó de un programa de oficios y egresó de un curso de juguetería y mueblería en madera, impartido por el Liceo Forjadores de Alerce, según relató Hernández.

La directora y ex profesora de Felipe, Mónica, mantiene una estrecha relación con él y comenta que tenía planes de terminar su enseñanza media y estudiar ingeniería, pese a su  complejo contexto social. “Es un chico que siempre estaba mentalizado en salir adelante. Era muy admirable, trabajaba y estudiaba para suplir sus necesidades”, señaló Mónica Hernández.

Desde el comienzo de su detención no se sostuvo la presunción de inocencia para Felipe. Se le imputaron los delitos de daños a bienes nacionales de uso público, hurto e incendio de inmueble habitado en grado de desarrollo frustrado, hechos que habrían ocurrido entre el 13 y 22 de noviembre de 2019 en Puerto Montt. Las pruebas que lo inculpan son videos extraídos de redes sociales, en donde en ninguno muestra a Felipe accionando algún tipo de acelerante. La detención de Santana se justificó en base a la coincidencia de su vestimenta.

Cabe destacar que se mantuvo a Felipe 11 meses en prisión preventiva, los cuales no se contemplan en su actual condena.

El 6 de enero del 2020, Felipe Santana escribió uno de sus primeros llamados de auxilio. “Soy uno de los caídos que en estos momentos está siendo torturado, están abusando de mí como quieren. ¡Necesito su ayuda! Están violando mis derechos y no sé qué hacer, me estoy enfermando mucho psicológicamente, les pido que se manifiesten por todos los caídos”.

Por otro lado, su defensor judicial, Fernando Leal, acusa una sentencia injusta hacia Felipe. “Creemos que la sentencia tanto del tribunal oral en lo penal como la declaración de la Corte Suprema que declaró inadmisible el recurso de inhabilidad no cumple con los estándares internacionales de la Corte Interamericana de Derechos Internacionales para este tipo de casos”, sentenció.

El abuso de la prisión preventiva

Fiscales y jueces de garantía han impuesto y solicitado, desde la revuelta social de octubre, más de 25.000 medidas cautelares, entre ellas una zona gris del sistema judicial chileno: las prisiones preventivas. Son 2.180 casos con prisión preventiva decretada y de ellos 280 se encuentran vigentes al 11 de diciembre de 2020.

El sacerdote Felipe Berríos, quien se ha comprometido con los presos políticos de la región de Antofagasta, sostuvo que el caso de Santana tiene similitudes socioeconómicas con al menos 19 jóvenes de la región, quienes participaron de la protesta social y que hoy se encuentran siendo procesados por el poder judicial.

“Son familias sin contactos, sin pitutos, sin conocimiento judicial, porque tampoco tenían antecedentes penales (…) Ha sido un abandono muy grande”, sostuvo el sacerdote jesuita.

Frente al abandono a los presos políticos del 18-O, Fernando Leal añadió que “son muchos los que necesitan defensa adecuada, pero desgraciadamente no hay la cantidad de abogados comprometidos con los derechos humanos (…) Faltan colegas que se comprometan con esto. Muchas veces los chicos con tal de no seguir privados de libertad, y pese a que se saben inocentes, prefieren un acuerdo con fiscalía para poder irse”

Las voces profesionales que se encuentran ligadas a los derechos humanos advierten que las medidas aplicadas se han utilizado para criminalizar y castigar la protesta, pero por sobre todo, para intimidar a quienes se manifiesten en contra del gobierno.

“Desgraciadamente en el contexto de las investigaciones penales que se han dado desde el estallido social, nos hemos encontrado una y otra vez con que muchas veces la policía inventa pruebas o tergiversan los acontecimientos, y resulta que con esas pruebas tienen a chiquillos más de un año privados de libertad.” añadió el abogado, Fernando Leal.

En diciembre del 2020, un grupo de parlamentarios y parlamentarias de oposición presentó el proyecto de ley de indulto general para los presos de la revuelta.

No obstante, el proyecto ha recibido múltiples objeciones desde diversos sectores, además de una respuesta reacia del gobierno, quien se cerró al diálogo y advirtió vetar la iniciativa si avanzaba en los trámites legislativos.

Ante el contexto de discusión política, el Poder Judicial entregó un análisis estadístico respecto al estado de causas penales que se encuentran vinculadas a las manifestaciones sociales que se iniciaron en octubre del 2019. Actualmente, la información oficial señala que serían 26 los imputados que se encuentran en prisión preventiva, con una extensión que indica un mínimo de 91 días y el máximo de 420.

 

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