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Estado Social y participación de trabajadores en directorios de empresa

Captura de pantalla Alejandra Rivera en Youtube

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La reciente nominación del periodista  Rodrigo Cid por parte del Presidente Boric al  directorio de TVN, se saluda y celebra.

Este texto tiene justamente por objetivo ahondar en el análisis respecto a la experiencia de trabajadores en directorios de empresa, en Alemania y Suecia respectivamente, y es en ese sentido continuidad de otro artículo respecto del mismo tema publicado previamente en esta plataforma.

Indicadores del Estado Social

Como se sabe, el modelo de sociedad comúnmente denominado socialdemócrata, que incorpora la participación de los trabajadores en la conducción de las empresas, comenzó a ganar adhesión en Europa entre las dos guerras mundiales. Tres son los principales indicadores que distinguen a este modelo de sociedad. El primero es el Estado social, indicador básico, que articula un conjunto de Instituciones; el segundo es la política fiscal, que permitió a estos  países – y que además de los ya mencionados incluye a  Dinamarca, Noruega y Austria- financiar la construcción de  sociedades más igualitarias respecto a los demás países occidentales. El tercero, es la participación de representantes de trabajadores en las empresas.

El apogeo de este  modelo lo alcanzan estos países  entre 1950-1980. Es en este periodo cuando se comienza a dar forma a una serie de instituciones relativas a salud, educación, pensiones, vivienda, que, entre otras, conforman todo un sistema de seguridad social. Pero política e ideológicamente el proceso viene de antes.  El caso de Alemania es quizá en ese sentido el más representativo: ya en la Constitución de Weimar de 1919, se comenzaban a establecer los límites del derecho de propiedad, a delinear el rol de la organización de los trabajadores en la marcha de las empresas, y a incorporarse a la Constitución la seguridad social. Si bien todo lo avanzado en este periodo fue destruido por el nazismo, tras su caída, la sociedad alemana recomenzó a recuperar la senda que había prefigurado décadas anteriores.

Conviene antes de todo despejar -y más ahora que vivimos un periodo plagado de tergiversaciones y  mentiras -un cuento sostenido por algunos economistas en relación a que los Estados de Bienestar construidos por el modelo socialdemócrata, han sido posible debido a que primero alcanzaron altos niveles de crecimiento económico. Dicha afirmación,  producto de una fijación economicista, los hace ver la realidad como si se tratara  de un gran y universal “chorreo”. Alemania, portaestandarte junto con Suecia de este  modelo, no solo que no tenía crecimiento económico cuando comenzó a construirlo sino que literalmente resurge desde las ruinas en las que la dejo el nazismo.

Todo su posterior desarrollo, en materia económica, en ciencia y tecnología, en creación de nuevo conocimiento e integración social, es consecuencia del modelo de sociedad y no al revés. Al igual que en Chile, acá también  el gran empresariado y las elites se resistían a compartir mayores espacios de poder en la sociedad y en las empresas.

Modelos

Si bien las sociedades propiamente socialdemócratas antes mencionadas son únicas en lo que ha entramado de protección social universal se refiere, existen otros modelos de Estado social que vienen desarrollándose en Europa desde la segunda guerra mundial. Es el caso del Reino Unido y su mundialmente conocido National Health Service, que permitió, a partir de 1945, e impulsado por los sindicatos y el Partido Laborista, sentar las bases del Estado social británico. Y es también el caso de Francia, país en el  que a raíz de una alianza política entre socialistas y comunistas, cristalizada en el Frente Popular, luego del quiebre del movimiento socialista mundial a propósito de la URSS, se comienza a cimentar el sistema de seguridad social vigente hasta nuestros días. Una forma de Estado social también específico es el español, que  en su Constitución de 1978 declara que “…se constituye en un Estado social y democrático de derecho” a partir cual se articula su sistema de seguridad social. Finalmente, Canadá, en el continente americano, no siendo precisamente conducido por gobiernos socialdemócratas, pero claramente influido por esta ideología, también cuenta con un robusto Welfare State System.

Hecho el mapeo de las sociedades claramente socialdemócratas o fuertemente influidas por esta, las siguientes líneas las dedicaremos a analizar los casos de Alemania y Suecia, en especial, en lo que respecta a  participación de representantes de  trabajadores en los directorios de empresas.

Partimos con Alemania. Tras la devastación nazi, la participación de los trabajadores en los directorios de las empresas, conocido como cogestión,  comienza a tomar forma a partir de la Ley de 1951 en las grandes empresas industriales del acero y del carbón. Apoyándonos en la extensa investigación del economista francés, Thomas Piketty, para el caso de  las empresas de acero y carbón que dan inicio a este proceso, este sostiene que: “La ley introdujo la obligación de reservar a los representantes de los trabajadores la mitad de los puestos y de los derechos de voto en los consejos de administración”. Mientras que en términos de las funciones, los directores representantes de trabajadores pasaban, entre otros, a tener “voz y voto en las decisiones estratégicas de la empresa”.

Más tarde, la ley de 1952 “introdujo la obligación  de que las grandes empresas, (de cualquier sector, al margen del acero y el carbón)  reservasen un tercio en los directorios para los representantes de trabajadores “. Ambos textos, el de 1951 y el de 1952 fueron adoptados siendo canciller Konrad Adenauer, de la Unión Demócrata Cristiana.

Las disposiciones  relevantes de estos cuerpos referían a negociación colectiva, salarios, organización del trabajo y formación profesional. Luego, entre 1976-1982, bajo la conducción de gobiernos socialdemócratas, la legislación alemana fortalece la posición relativa de los trabajadores al extender la cogestión, “obligando a todas las empresas con más de 2.000  empleados a reservar la mitad de los puestos con derecho a voto en los directorios y un tercio en el caso de las empresas de entre 500 y 2000 empleados.” Modelo de organización de las empresas vigente en líneas gruesas hasta hoy.

Sin embargo, debido al hecho que en la realidad existen dos tipos de directorios, uno de supervisión y otro el directorio propiamente tal, en el que se  lleva la parte operativa de la empresa y se toman las grandes decisiones, la letra chica del modelo alemán, en términos de representación esto se constata   en que mientras en el consejo de supervisión los trabajadores ocupan el 50% de las sillas; en el directorio, que es, como se apuntó, el órgano en el que se lleva la marcha operativa de la empresa, “los accionistas pueden nombrar a todos los miembros que deseen en el directorio”.

Suecia, en este caso la ley de 1974 “ampliada en 1980 y 1987, prevé un tercio de los puestos en el consejo de administración de todas las empresas con más de 25 empleados.” Conviene consignar que a diferencia de Alemania, en Suecia, el consejo de administración es único. Y si bien, en términos numéricos en este último caso es inferior a la paridad que existe en Alemania, desde el punto de vista práctico, “puede suponer tener un control operativo mas importante”.  Consignar, para cerrar, que en el caso de Dinamarca y Noruega, “los empleados tienen derecho a un tercio de los puestos en empresas con más de 35 y 50 empleados, respectivamente.”

Si bien, como se ha señalado, el modelo de cogestión alemán tiene luces y sombras,  y es, como se dice, “perfectible”, tiene por otro lado el mérito de propender a un tipo de participación Institucionalizada de los trabajadores al interior de las empresas. En ese particular sentido, al contrario del caos como habitualmente los partidarios del conservadurismo sostienen, la incorporación de representantes de trabajadores en las instancias de decisión de las empresas, no solo que lo ha evitado sino que  ha hecho posible desarrollar las economías, aportar a mayores niveles de integración y paz social y claramente, disminuir las brechas de desigualdad en estas sociedades.

Se insiste, por último, en que la democratización de las empresas en el caso de estos países, al igual que en el nuestro, ha sido y continua siendo parte de un objetivo político más amplio: la construcción de sociedades más democráticas e igualitarias en las que la participación de los trabajadores en la toma de decisiones de sus empresas, al igual que el derecho básico de estos a formar sindicatos y a negociar colectivamente en sus empresas como por rama de producción, forman parte esencial del conjunto del proceso democratizador.

Y son por tanto definiciones fundamentales de cara a un proyecto político transformador.

 Fuentes:

1.https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2022/04/06/gobierno-defiende-postulacion-de-rodrigo-cid-al-directorio-de-tvn-y-descarta-supuesta-inhabilidad.shtml

  1. https://www.elquintopoder.cl/politica/participacion-de-trabajadores-en-empresas/

3.- https://www.redalyc.org/pdf/876/87617274014.pdf

  1. https://www.congreso.es/docu/constituciones/1978/1978_cd.pdf
  2. Piketty, Thomas: Capital e Ideología, Chapitre 11, Las sociedades socialdemócratas: la igualdad inconclusa, páginas 580 y siguientes.
Carlos Cerpa Miranda
Carlos Cerpa Mirandahttps://pagina19.cl
ex concejal y ex director laboral Banco del Estado.

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