jueves, abril 18, 2024
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Francisca Díaz: Criminalizada por Denunciar Violencia Sexual

Crédito Foto: Patricio Muñoz Moreno

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El caso de Francisca, joven que denunció por abuso sexual a un ex funcionario del Ministerio Público y terminó condenada por denuncia calumniosa puso, nuevamente, en el debate público el acceso a la justicia para las mujeres que viven violencia. Se teme que el veredicto deje mensajes que desincentive a las víctimas de violencia sexual a denunciar.

 Apenas pasada la conmemoración del 25 de Noviembre, Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres, el lunes 26, conocimos la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt que condenó a Francisca Andrea Díaz Williams a 3 años y un día de pena remitida, inhabilitación perpetua para ejercer cargos y oficios públicos, más el pago de una multa de 1 UTM por el delito de denuncia calumniosa.

Los hechos se remontan a febrero de 2016 cuando la joven, egresada de  derecho de la Universidad Austral de Valdivia, denunció por agresión sexual al entonces fiscal subrogante de Hualaihué, Región de Los Lagos, Willy Fahrenkrog Podlech. Luego de tres meses de investigación, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt decretó el sobreseimiento definitivo de la causa. La investigación penal que desarrolló la Fiscalía de Puerto Montt determinó que los hechos no correspondían a una agresión sexual constitutiva de un delito de violación, sino que se trató de una relación sexual consentida. Francisca, entretanto, aclaró que nunca denunció una violación y siempre habló de abuso sexual. El 16 de junio, Fahrenkrog se querelló por denuncia calumniosa ante la misma fiscalía de la que había sido funcionario.

Silenciar a las mujeres

El juicio fue calificado como emblemático por organizaciones feministas y de defensa de los derechos de las mujeres, al convertir a Francisca de víctima en imputada con el costo de que la sentencia cause temor en quienes viven violencia sexual y no se atrevan a denunciar, perpetuando así la impunidad al transmitir un mensaje de naturalización y tolerancia, la idea de que se puede violentar sexualmente a las mujeres porque no existirán sanciones para los agresores y más aún, porque hacerlo podría traer consecuencias negativas para ellas.

Para Soledad Rojas Bravo, integrante de la coordinación nacional de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, la resolución desincentiva la denuncia, pese a las múltiples campañas que llaman a hacerlo: “Ésta es una manifestación de la violencia estructural que vivimos las mujeres y que se expresa en este caso en el poder judicial, aquí hay una práctica cultural machista que no cree en la palabra de las mujeres y, por cierto, que las mujeres de acá en adelante van a tener bastante más reparos en denunciar, porque se van a preguntar una vez más hasta dónde vale la pena si finalmente las perjudicadas serán ellas mismas”.

Estereotipos en la práctica judicial

 Junto con la sentencia de Francisca, en Argentina se dio a conocer que en el femicidio de Lucía Pérez, que impulsó un paro nacional de mujeres y movilizaciones en varios países en repudio a la violencia machista, los jueces a cargo de la causa consideraron que en el proceso no hubo elementos suficientes para comprobar que la adolescente de 16 años fue violada y asesinada, por lo que los imputados fueran absueltos por ese delito y sólo se les condenó por droga. Organizaciones de mujeres manifestaron su indignación y aseguraron que la decisión del tribunal se basó en el análisis de los chats de Lucía y en su comportamiento sexual, entre otros prejuicios.

Antes, en España, la sentencia de “La Manada” generó indignación luego que los cinco acusados de violar en grupo a una joven de 18 años fueron condenados por abuso sexual pero absueltos del delito de violación. Los hombres incluso filmaron la agresión y compartieron los videos. En el juicio se dijo que durante la escena la actitud de la víctima fue “pasiva o neutral”.

En estos casos como en el de Francisca Díaz se ha cuestionado la presencia de estereotipos de género en la práctica judicial, como el argumento de que conoció a Fahrenkrog a través de la red social Tinder o consumió alcohol con él, como si ambos hechos demostraran disposición o consentimiento de las mujeres a sostener relaciones sexuales.

Yanira Zúñiga Añazco, prodecana de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Austral de Chile, señala que los estereotipos se expresan principalmente en los interrogatorios en juicios que implican denuncias de violencias que viven las mujeres, sea sexual o de otra clase,  dado que el juicio gira en torno a la credibilidad de sus versiones sobre la violencia que sufrieron.

Los interrogatorios son claves al ser muchas veces la declaración de las mujeres la única prueba de cargo contra el agresor, por esto, explica Zúñiga, es que se las somete a un tipo de interrogatorio que parte de una serie de asunciones sociales sobre las motivaciones que tienen para denunciar: “Se asume que las mujeres podrían ser naturalmente volubles, vengativas, esto pasa mucho en los juicios de violencia intrafamiliar, por ejemplo, o se asume que las mujeres podrían tener incentivos para denunciar calumniosamente delitos sexuales, en parte sólo porque son mujeres, porque no se proporcionan mayores antecedentes de por qué una mujer podría tener incentivos para pasar por un proceso judicial que implica costos emocionales y materiales, sin asumir que el que tome esa decisión podría más bien corroborar los indicios de que el delito si existió, y no todo lo contrario, entonces hay una serie de prácticas en esos interrogatorios muy fuertes, que producen revictimización”.

Las estadísticas del Ministerio Público muestran que la mayor tasa de denuncia en delitos sexuales tiene como víctima a menores de edad, en cambio hay una tasa muy inferior de denuncias formuladas por mujeres mayores, lo que no coincide con los resultados de encuestas en las que se pregunta si han sufrido distintas clases de violencia sexual. “Muchas mujeres responden que si la han vivido y hemos ido componiendo una realidad a partir de esas encuestas, estudios o programas de gobierno, que no es consistente con el número de denuncias que se formulan y procesan en el marco de las investigaciones penales, hay una diferencia y pensar que éstas no tienen nada que ver con las garantías que ofrece el sistema penal para tramitar estas denuncias es no ver una parte importante del problema”, enfatiza.

Ante esta realidad, recuerda que las obligaciones de los tratados internacionales firmados por Chile, como la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres o la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres, tienen relación sobre todo con favorecer acceso igualitario a las mujeres al sistema judicial, por ello “existen buenas razones para pensar que el Estado chileno está incumpliendo severamente esas obligaciones”.

La doctora en derecho explica que en tribunales, muchas veces, se razona con desconocimiento de investigación social de género, “por ejemplo se preguntan por qué la mujer no denunció y le atribuyen a la falta de denuncia el que el hecho no se produjo, cuando la investigación social demuestra que el tiempo que se demoran, en promedio las mujeres para denunciar violencia en Chile, son alrededor de 7 años, entonces hay también desconocimiento de cómo opera el fenómeno de la violencia en términos prácticos”.

Agrega que es difícil actuar ante ideas arraigadas en el sistema, como que los interrogatorios en los que se pone en duda muy fuertemente la credibilidad de las denunciantes son una estrategia de defensa razonable en los juicios de violencia de género porque el trabajo de los defensores sería siempre utilizar todas las estrategias posibles para poner en mejor situación a sus imputados: “esa creencia altamente arraigada en el sistema jurídico, nos devuelve al mismo problema de partida, porque si validamos estas estrategias de intervención sin reflexionar sobre cómo armonizarlas con la protección de las mujeres, entonces por mucho que tengamos cursos de género esto se queda en una intervención formal pero que tiene poco impacto en la práctica, entonces es necesario reflexionar en conjunto sobre el mismo sistema jurídico, sobre ciertas prácticas de defensa, de publicidad de los juicios”.

Yanira Zúñiga valora los esfuerzos por avanzar en la incorporación de la perspectiva de género en el sistema judicial pero pone énfasis en la necesidad de que la formación sea en la universidad, “es más fácil que estudiantes de pregrado reflexionen e incorporen lógicas de género en su formación en las escuelas de derecho a que esa intervención se haga cuando una persona ya tiene formada su estructura de razonamiento que le resulta mucho más difícil de reconstruir”, asegura.

#FranYoTeCreo

Diversas agrupaciones declaran que las manifestaciones en apoyo a Francisca continuarán a la espera de que se presente el recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, mientras el hashtag #FranYoTeCreo se masifica en las redes sociales.

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