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El reclamo al Consejo Constitucional de los chilenos en el exterior

Crédito foto: Comunicaciones Convención Constitucional (Imagen de Archivo)

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Crédito foto: Comunicaciones Convención Constitucional

En el anteproyecto presentado hace unos días por la Comisión de Expertos para ser discutido y enriquecido por el Consejo Constitucional elegido por la ciudadanía, para dar origen a una propuesta que será sometida a un plebiscito de salida, “constatamos con enorme sorpresa y desazón que las demandas de los chilenos y chilenas del exterior, que datan de varias decenas de años, no hayan sido consideradas”.  Así se denuncia en un comunicado enviado por el Comité Internacional “Chile somos todos”, firmado por su presidente ELIAS CABRERA   y su secretario VLADIMIR LOPEZ

Ellos señalan que el texto propuesto reproduce casi en su integridad disposiciones de la actual Constitución donde se expresa que “nuestros(as) hijos(as) y nietos(as) nacidos(as) en el exterior, si bien son chilenos(as), solo podrían ejercer el derecho a voto, principal derecho que les confiere la ciudadanía, al cumplir 18 años, si previamente se hubieren avecindado en Chile por más de un año”. Afirman que esta es una restricción que no existe en ningún otro país y que resulta aberrante y anacrónica, tanto desde el punto de vista de la igualdad de derechos inherente a quienes tienen la misma nacionalidad y ciudadanía, como por razones prácticas, ya que en la actualidad se vota en circunscripciones electorales en el extranjero, sin necesidad de viajar a Chile para ejercer el derecho a sufragio, como sucedía cuando se introdujo esta norma.

Añaden que “tampoco se crearía un distrito y circunscripción senatorial exterior, por lo tanto, los chilenos y chilenas que viven en otros países no podrán votar en elecciones parlamentarias ni tendrán representantes en el parlamento chileno, ratificando la restricción del derecho a voto hoy existente a solo primarias y elecciones presidenciales y plebiscitos nacionales”.

Estos chilenos en el exterior que reclaman por sus derechos, señalan que en ambos casos ya descritos, “se restringen y condicionan los derechos cívicos y políticos de quienes residimos temporal o permanentemente en el exterior, vulnerando con ello la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, y alejándose de los estándares internacionales en un mundo cada vez más global e interrelacionado”.

Por lo tanto, solicitan a los consejeros y Consejeras Constituyentes enmendar estas disposiciones, haciéndose eco de las demandas del millón doscientos mil chilenos que hoy viven en el exterior y considerando los estándares internacionales en esta materia.

Por último “llamamos a las comunidades de compatriotas residentes en el exterior, a sus organizaciones sociales a movilizarse en pos de estas demandas, utilizando los canales de participación ciudadana habilitados en el proceso constituyente en curso”.

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