viernes, abril 26, 2024
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Las policías no necesitan más atribuciones en la lucha contra la delincuencia: En el año de Boric, ya han abatido a 25 personas

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Carabineros acusa que el Gobierno del Presidente Gabriel Boric tiene a sus funcionarios “atados de manos” para enfrentar a balazos la delincuencia y el narcotráfico. Pero esto es falso. Carabineros  y la PDI tienen y han tenido desde el regreso de la democracia todas las atribuciones legales para usar sus armas y dar muerte a los delincuentes, en casos de delitos flagrantes o cuando estén en peligros sus vidas o la de terceros. De hecho, desde que asumió Boric la Presidencia, en marzo del año pasado, las instituciones policiales han dado muerte nada menos que a 25 individuos en el contexto de la lucha antidelictual, sin que haya sido necesario otorgarles más atribuciones a las policías.

Además, Carabineros pide “respaldo político” para sus actuaciones, un elemento de suyo delicado y peligroso, pues la historia ha demostrado que cuando la institución ha tenido ese respaldo, que más parece una petición de impunidad, ha sido cuando ha cometido las más graves violaciones a los Derechos Humanos.

Lo tuvo Carabineros con Pinochet durante la dictadura y dio muerte  a decenas de chilenos. Entre ellos figura el caso emblemático del militante socialista Carlos Godoy Echegoyen y degolló a los tres profesionales comunistas José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino, entre otras numerosas víctimas.

Y, más recientemente, Carabineros recibió del Presidente Piñera el respaldo político que pedía y entonces procedió a reprimir violentamente a quienes se manifestaban desde octubre del 2019 en el estallido social, causando víctimas, entre otros graves hechos, más de 400 chilenos y chilenas con pérdida parcial o total de la vista.

La PDI no escapa de esta crítica, ya que colaboró con la dictadura y, también, reprimió al pueblo chileno durante el estallido.

Los 25 casos

Desde que asumió Gabriel Boric como Presidente, se han registrado al menos 25 casos en que las policías han dado muerte a personas que, supuestamente, se encontraban cometiendo delitos flagrantes.

El 21 de marzo del año pasado, Carabineros dio muerte a un sujeto que habría disparado contra los uniformados en el sector de Bajos de Mena, comuna de Puente Alto.

El 25 de mayo, una funcionaria de la PDI dio muerte a un sujeto que habría intentado robarle en el barrio Yungay de Santiago.

Al día siguiente, un individuo apodado “El Dientón” falleció baleado por carabineros, tras un intento de robo a un servicentro en la comuna de Santa Cruz, según la versión oficial.

El 8 de junio, la PDI dio muerte a un presunto asaltante en la Villa Olímpica, comuna de Ñuñoa.

El 21 de julio, un carabinero dijo que mató a un sujeto que junto a otros intentaba robar en un local de repuesto de vehículo en la avenida Bustamante, comuna de Ñuñoa.

El 28 de julio, un carabinero disparó y dio muerte al conductor de un vehículo que era seguido en un procedimiento policial, en La Reina.

El 3 de agosto, un funcionario de la PDI denunció que sufrió un intento de asalto en el kilómetro 512 de la ruta 5 Sur, sector Los Ángeles, y que disparó y mató a uno de los agresores.

El 5 de septiembre, Carabineros informó que dio muerte a un individuo que habría intentado robar una patrulla policial en Bajos de Mena, Puente Alto.

El 30 de septiembre un PDI mató a un “motochorro” en Pudahuel.

El 1 de octubre otro PDI dio muerte a un delincuente que habría asaltado a un transeúnte en Estación Central.

El 20 de diciembre un sujeto murió por un disparo de un carabinero, que dijo que fue amenazado con un arma blanca en un intento de asalto.

El 7 de enero de este año, una persona falleció luego que un carabinero le disparó en Puente Alto. El policía señaló que era una encerrona, pero testigos señalaron que fue tras una pelea con un vecino, por una disputa vehicular.

El 20 de enero murieron dos personas por la PDI. Una, a manos de un detective que denunció que el sujeto habría asaltado un local comercial en Maipú; y la otra, por un policía civil que indicó que, al parecer, le querían robar su auto en la comuna de Lo Prado.

El 22 de enero, una persona que se desplazaba en un vehículo con encargo por robo murió baleada por carabineros, tras no detenerse en un control policial en Estación Central.

El 25 de enero, un carabinero dio muerte a un sujeto que habría intentado realizar una encerrona en La Florida.

El 26 de enero, un carabinero le disparó a un sujeto que le había quitado su arma mientras lo estaba esposando, falleciendo en la esquina de Santa Rosa con Curicó, en Santiago.

El 2 de febrero, un individuo que efectuaba disparos en la calle Ñuble, comuna de Santiago, fue abatido por Carabineros.

 El 16 de febrero, la PDI, tras una denuncia de violencia intrafamiliar, abatió a un individuo que portaba un arma de fuego y se habría resistido al arresto en Punta Arenas.

El 22 de febrero, dos efectivos de la PDI habrían repelido a balazos un intento de encerrona por un grupo de sujetos, en el sector Lo Echevers de Quilicura, resultando un fallecido.

 El 25 de febrero, un carabinero de franco se vio envuelto en una disputa a balazos por un predio en la comuna de Teodoro Schmidt, en donde hubo tres fallecidos. El policía  habría dado muerte al menos a una persona. Se investiga su hubo legítima defensa o no.

El 7 de marzo, un carabinero dio muerte a un individuo, en lo que se denunció como un robo frustrado a un local de Mac Donald’s en la ruta 68.

El 8 de marzo, otro uniformado policial mató a un sujeto en un robo frustrado a un local comercial en La Cisterna.

El 13 de marzo, un carabinero abatió a una persona en un asalto a una bomba de bencina en Quilicura.

El 21 de marzo, carabineros mataron a un sujeto que se enfrentó a balazos a efectivos del Gope, en Iquique.

¿Qué dice la ley y Carabineros?

La ley exime de responsabilidad penal cuando hay legítima defensa. Pero esta defensa debe ser proporcional a la amenaza sufrida y como medida de última ratio. Otra eximente ocurre cuando el policía mata, por ejemplo, a un secuestrador para salvar la vida de la víctima.

En su Manual de Doctrina y Código de Ética, Carabineros señala que el Código de Justicia Militar estableció circunstancias atenuantes y aún más, eximentes, para los casos en que el carabinero haga uso de su arma en defensa propia o en la defensa inmediata de un extraño al cual, por razón de su cargo, deba prestar protección o auxilio (Artículo 410); y, también, para el carabinero que hace uso de su arma en contra del preso o detenido que huye y no obedece a las intimaciones de detenerse (Artículo 411). Lo anterior se complementa con el Artículo 412, referido al carabinero que ˝haga uso de sus armas en contra de la persona o personas que desobedezcan o traten de desobedecer una orden judicial que dicho carabinero tenga orden de velar, y después de haberles intimado la obligación de respetarla˝.

Así mismo, Carabineros redactó la circular institucional Número 1.832, de marzo de 2019, la cual explica el “Empleo de armas potencialmente letales” y detalla el procedimiento que debe ser adoptado, partiendo con la advertencia, el llamado a deponer el arma de la que disponga el agresor y solo autoriza el uso del arma de servicio en caso de verse en peligro de vida el uniformado o un tercero.

¿Por qué los carabineros, aun estando de franco, actúan para impedir delitos? Según el Manual de Doctrina de Carabineros, el policía que integra la institución es un “carabinero permanente”, es decir, según la propia definición de Carabineros, la labor policial es de “carácter continuo y duradero del servicio, ya que para servir no existen horarios, turnos, ni días libres, pues un carabinero siempre es carabinero”.

La PDI

En tanto, la PDI también se rige por los principios de legalidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, como Carabineros.

Así mismo, tiene su propio Código de Ética, en cuyo acápite “Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley”, regido por los acuerdos adoptados por Naciones Unidas sobre el trato de detenidos y delincuentes. En su artículo 3 señala que “el uso de armas de fuego se considera una medida extrema. En general, no deberán emplearse armas de fuego, excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse o detenerse al presunto delincuente aplicando medidas menos extremas. En todo caso en que se dispare un arma de fuego, deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes”.

Arma de doble filo

La sed de justicia y la rabia acumulada por la población contra los delincuentes hacen que mucha gente aplauda este nuevo accionar de Carabineros y la PDI. Sin embargo, algunos de estos procedimientos policiales han sido considerados ilegales y funcionarios policiales han sido procesados lisa y llanamente como autores de homicidio. Por lo que resulta obligatorio que todos los casos en que personas han sido muertas “in situ” por las policías sean exhaustivamente investigados y no quedarse simplemente con la versión policial.

Por ejemplo, el 8 de enero pasado fue detenido y formalizado por homicidio un carabinero que dio muerte a una persona en Puente Alto. En principio, el policía dijo que había sufrido una encerrona, pero después se supo que había sido una pelea con un vecino por un problema vehicular. El vecino había golpeado al policía y este último sacó un arma y lo mató.

Por ello, hay que evitar que el afán de venganza de la población contra los delincuentes ciegue a todos ante el proceder policial. Hay que tener cuidado en el uso de la fuerza y las armas de fuego por parte de las policías, porque, amparados en el supuesto de que están protegiendo a la comunidad, pueden asesinar sin miramientos a sujetos que podrían haber sido sometidos o detenidos de otra forma. Ya sabemos cómo actúan las instituciones policiales cuando tienen “respaldo político”. Precisamente por eso, hay que tener cuidado que esa petición de “respaldo político” al Gobierno actual sea una solicitud encubierta para actuar con impunidad.

Además, Carabineros tiene que aclarar varios casos de violaciones a los Derechos Humanos en el último tiempo, antes de poder recibir confianza total de las autoridades. Hay una lista de al menos 18 muertes en cuarteles y furgones policiales desde el 2012, en los que existe la duda razonable de que las víctimas podrían haber muerto por la acción policial. Así mismo, cuenta con tres graves casos de detenidos desaparecidos en democracia, Hugo Arispe, José Vergara y José Huenante, que la institución aún no esclarece ante el país.

Si bien es loable que las policías actúen con todo el rigor que la Constitución y las leyes les permiten, incluso haciendo uso de sus armas y exponiendo sus vidas, la ciudadanía debe estar alerta por los abusos que se pudieran cometer mediante este nuevo tipo de procedimiento policial, en que se dispara primero y se pregunta después.

No vaya a ser cosa que salga más caro el remedio que la enfermedad y, finalmente, termine todo como el mundo al revés: los policías encarcelados y los delincuentes como víctimas de un procedimiento policial mal aplicado y peor ejecutado.

 

 

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