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Frente a Entrega de Anticonceptivos Defectuosos: Urge Garantizar Derechos Sexuales y Reproductivos en Nueva Constitución

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El 24 de agosto el Instituto de Salud Pública (ISP) emitió una alerta con la instrucción de retirar del mercado el lote B20034A de las pastillas anticonceptivas Anulette CD, esto debido a que contaba con errores en la disposición de sus comprimidos, en algunos casos faltaban pastillas, se dispusieron placebos en vez de principios activos, o viceversa. No obstante, este lote se comenzó a repartir en septiembre de 2019 en centros de salud primaria y en farmacias.

Luego, un siguiente lote de Anulette CD se retiró de circulación, el B20035A. De este medicamento se distribuyeron 276.890 blísters, aunque no se sabe con certeza cuántos fueron retirados de farmacias y de un total de 23 centros de salud. Sorprendentemente, dicha situación no fue la primera en ocurrir durante este 2020, ya que, a principio de año, en febrero, se alertó públicamente por Ciclomex CD, luego Careza, Minigest-15, Minigest-20 y Conti-marvelon.

“Los medicamentos defectuosos en general, cualquiera sea, constituyen, obviamente una mala práctica, constituyen una violación a la Ley de Derechos de los pacientes, porque lo que se le exige a laboratorios, que cree productos seguros, que el producto que está vendiendo se corresponda con la rotulación que tiene”, señala la doctora Andrea Von Hoveling, Directora de la Sociedad Chilena de Endocrinología Ginecológica (SOCHEG), miembra de la Sociedad de Obstetricia y Ginecología (SOCHOG), de la Sociedad de Ginecología Infantil y Adolecente (SOGIA) y delegada en Chile para el Consejo Iberoamericano de Salud Reproductiva y Sexual.

Hoveling explica que de existir un error, ya sea en la dosis, toxicidad o en la forma de la toma, esto va directamente en contra del efecto farmacológico que el/la paciente está buscando y que su médico le indicó. “Ahora, cuando esto también ocurren en anticonceptivos, además, se está atentando contra el derecho, en este caso, de la mujer de protegerse de un embarazo que, efectivamente si se está cuidando, sería no planificado”.

Acciones legales contra el Estado

A principios de diciembre se dio a conocer que 31 mujeres, de diferentes edades y pertenecientes a diversas regiones del país denunciaron ante el ISP ser víctimas de este hecho; 30 están embarazadas. Así, y representadas por Corporación Miles, este grupo de mujeres tomará acciones legales contra el Estado y el laboratorio responsable -Silesia en el caso de Anulette CD-, debido a la corresponsabilidad en el perjuicio provocado.

Por otro lado, y en cuanto a la respuesta por parte de los entes responsables, se espera que aborde más allá de una indemnización monetaria; asumir responsabilidad por retraso en el retiro del medicamento del mercado; por la falta de información pública sobre la situación denunciada por algunas de las afectadas; y para quienes así lo deseen, solicitar la ampliación de la normativa vigente respecto al aborto para interrumpir la gestación.

“Dentro del marco legal vigente, por un lado, hay que actuar con todo el peso que se pueda de la ley porque esto no puede seguir pasando. Por lo tanto, tiene que ser un castigo que sea disuasivo para el futuro y para otras empresas, y por otro lado, si es que hay un daño que emerge, secundario a un error de rotulación de los medicamentos, me imagino que también pueden haber multas que van directamente, en este caso, a la compensación económica de la paciente, que sabemos no compensa en un 100%, pero puede paliar por lo menos los gastos que significan un nuevo hijo/a, eventualmente pueda servir para atención psicológica, ya que sabemos que un embarazo no planificado y no deseado es un evento tremendamente crítico en la vida de una mujer, y por otro lado también porque es un castigo que es socialmente aceptado”, expresa Andrea Von Hoveling.

Debate constitucional

En cuanto a la normativa vigente respecto a interrupción del embarazo, en Chile se permite incurrir en este sólo bajo tres causales: al existir riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal o violación. Dicha ley se promulgó en 2017, luego de un debate marcado por la objeción de conciencia, la libertad de elección, tratados internacionales, e incluso, creencias personales de quienes legislaron.

 Hoy en día, en el marco del Proceso Constituyente y el triunfo del Apruebo para redactar una nueva Constitución, el tema continúa en la opinión pública. A lo largo de los años diversas organizaciones de mujeres y feministas han realizado propuestas al respecto, principalmente debido a que los derechos sexuales y reproductivos están ausentes en la actual carta magna y la misma se ha utilizado mayormente para mermar avances en la materia, escudándose en el artículo 19 N°1, que señala que la ley “protege la vida del que está por nacer”.

En este nuevo escenario, las opiniones son divergentes. Mientras a principios de noviembre un grupo de profesionales de la salud, autodenominados Médicos por la vida, publicó un inserto en El Mercurio llamando a desestimar la normativa actual, la Asociación de Internas Feministas de Chile, ASIFEM​, establecen que “de ninguna forma se debe socavar derechos ya alcanzados, sino que deben garantizar a cada persona aquellos que aún nos faltan”, argumentando a favor de “decidir sin restricciones”.

“La Constitución, más que dictar leyes, lo que tiene que hacer es un marco para que después se pueda legislar. Entonces, en ese sentido, me gustaría que hubiera una Constitución lo suficientemente minimalista y amplia para que permitiera avanzar en la eventual legislación de un aborto libre en caso de que fuera lo que el país pidiera”, señala la doctora Von Hoveling.

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