miércoles, noviembre 4, 2026
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Del expediente a La Moneda: las tres decisiones que transformaron el caso Rabat en una crisis presidencial

Captura de pantalla Tele13 de canal 13 Chile

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Un gobierno puede cometer un error, reconocerlo y corregirlo sin que necesariamente quede comprometida la autoridad del presidente de la República. Lo verdaderamente complejo ocurre cuando la forma de enfrentar ese error comienza a producir nuevas dificultades y el conflicto deja de estar contenido en el ministerio donde se originó. Eso es lo que permite observar el caso de Fernando Rabat. Las rebajas de condena concedidas a 56 personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad abrieron una controversia jurídica y moral de enorme gravedad. Pero su prolongación plantea una pregunta distinta: ¿cómo una decisión administrativa terminó convirtiéndose en un problema de conducción presidencial, incluso después de que José Antonio Kast reconociera el error de su gobierno?

La explicación no parece encontrarse en una sola declaración desafortunada ni en la habilidad de la oposición para aprovechar el conflicto. Hay una secuencia que merece reconstruirse: primero, Justicia modificó el criterio con que venía examinando ciertas solicitudes; después, según los antecedentes periodísticos, las advertencias internas sobre sus consecuencias no se tradujeron en una alerta presidencial oportuna; finalmente, cuando el problema se hizo público, Kast optó por mantener al ministro. Ninguna de estas decisiones equivale por sí misma a una infracción penal. Sin embargo, consideradas en conjunto, permiten formular una hipótesis política: las instancias encargadas de prevenir, evaluar y corregir el riesgo no lograron impedir que su costo terminara concentrándose en la Presidencia.

Conviene empezar por el derecho, porque de otro modo la crítica pierde rigor. Las reducciones de condena no son indultos presidenciales ni constituyen, en todos los casos, órdenes de libertad inmediata. Se tramitan conforme a la Ley 19.856, que contempla beneficios asociados a la conducta de las personas condenadas. La controversia jurídica radica, entre otros aspectos, en la aplicación temporal de las restricciones establecidas en 2022 para determinados delitos sexuales contra menores. No estamos frente a una materia sin discusión: existen interpretaciones y pronunciamientos judiciales distintos. Afirmar que la sola firma de los decretos demuestra un delito sería desconocer el debido proceso y sustituir la investigación por una condena anticipada.

Tampoco sería justo ignorar el problema que enfrentaba el ministerio. Una investigación de Reportajes T13 señaló que, entre 2022 y 2026, se habían presentado 295 acciones de amparo relacionadas con estos beneficios y que, según los antecedentes examinados en Justicia, un 92,5% había sido acogido. Si esas cifras reflejan adecuadamente los casos comparables, el riesgo de mantener rechazos y perder luego en tribunales era considerable. El ministro tenía motivos para revisar la interpretación aplicable. Pero de ahí no se desprende que todas las solicitudes debieran resolverse de idéntica manera ni que la conveniencia de modificar el criterio pudiera evaluarse exclusivamente desde la probabilidad de perder un litigio.

Aquí aparece la primera decisión relevante. Según T13, durante el traspaso de mando el exministro Jaime Gajardo explicó a Rabat que su administración mantenía fundamentos para rechazar determinadas rebajas vinculadas con delitos sexuales contra menores, dejando a los tribunales la resolución de los recursos que pudieran interponerse. Ese camino solo era legítimo cuando existieran fundamentos jurídicos suficientes; un ministerio no puede negar beneficios reconocidos por la ley para evitar un costo comunicacional. Lo que corresponde investigar es en qué expedientes había interpretaciones razonables para rechazar, cuáles obligaban a conceder el beneficio y por qué la nueva autoridad estimó necesario cambiar una práctica que, al menos en algunos casos, ofrecía otra respuesta legal posible.

La revisión de cientos de decretos publicada por Interferencia añade una pieza importante. El medio identificó once aprobaciones que habían recibido objeciones de oficinas regionales y veintidós rechazos pese a informes regionales favorables. Dos de aquellas aprobaciones objetadas involucraban alertas sobre normas que restringían beneficios a condenados por ciertos delitos sexuales. No todos esos expedientes pertenecen necesariamente al conjunto original de 56 casos y cada uno requiere examen individual. Pero la documentación muestra que la autoridad no operaba siempre como una simple oficina que recibía solicitudes y firmaba automáticamente. Había discrepancias administrativas, antecedentes que ponderar y decisiones que explicar.

La segunda decisión se relaciona con el recorrido de la información. El mismo reportaje de T13 reconstruyó advertencias formuladas a Rabat entre febrero y mayo acerca de los costos jurídicos, sociales y políticos que podía generar el cambio de criterio. También sostuvo que esas alertas no fueron comunicadas oportunamente a Kast. Es una reconstrucción periodística que debe seguir contrastándose con documentos y testimonios; no conocemos íntegramente las comunicaciones internas. Pero, si se confirma, el problema es serio: una decisión sectorial con capacidad de afectar uno de los compromisos centrales del gobierno no habría pasado por una evaluación política suficiente antes de producir consecuencias difíciles de revertir.

Un ministro no es un abogado contratado para defender una tesis jurídica. El conocimiento profesional importa, especialmente en Justicia, pero su nombramiento responde a una confianza política y lo convierte en responsable de conducir una cartera del Estado. Debe respetar la ley, anticipar conflictos, considerar a quienes resultan afectados y advertir al presidente cuando una alternativa, aunque defendible en derecho, tiene consecuencias institucionales de gran alcance. No se trata de reemplazar el criterio jurídico por las encuestas. Se trata de comprender que la legalidad es una condición indispensable de toda decisión pública, no una explicación suficiente de su oportunidad, su coherencia y sus efectos.

La contradicción era particularmente delicada para un gobierno que llegó al poder prometiendo orden, seguridad y protección de las víctimas. Max Weber distinguió la ética de la convicción, orientada por principios, de la ética de la responsabilidad, que exige hacerse cargo de las consecuencias previsibles de los actos. Ambas deben convivir en el ejercicio del poder. Sostener una interpretación jurídica por convicción puede ser legítimo; aplicarla sin examinar las advertencias sobre sus efectos y sin construir una explicación comprensible para las víctimas revela, al menos, una falla de juicio político. El Estado de derecho no debe someterse a la popularidad, pero el gobernante tampoco puede esconder todas sus responsabilidades detrás de una lectura profesional de la ley.

La crisis cambió de naturaleza cuando el Gobierno pasó de defender la corrección jurídica del procedimiento a reconocer un error, suspender la tramitación de nuevos decretos y anunciar reformas. El propio Ministerio de Justicia comunicó el 23 de octubre medidas para cerrar los vacíos normativos que invocaba. Esas rectificaciones eran necesarias y muestran que el Ejecutivo no permaneció inmóvil. Sin embargo, reconocer que el resultado fue incompatible con sus prioridades y, al mismo tiempo, mantener sin mayor explicación política a quien dirigió el proceso dejó una contradicción abierta: ¿por qué la autoridad responsable sería también la persona indispensable para reparar sus consecuencias?

Llegamos así a la tercera decisión, que pertenece inequívocamente al presidente. Según la reconstrucción de La Tercera, colaboradores relevantes, entre ellos Claudio Alvarado, Gonzalo Arenas y José García, favorecieron la salida de Rabat, mientras Alejandro Irarrázaval, jefe de asesores, respaldó su continuidad. No contamos con actas públicas de esas conversaciones y sería irresponsable presentarlas como una deliberación acreditada en todos sus detalles. Pero la información publicada sugiere que en Palacio circularon diagnósticos distintos. Por lo tanto, la pregunta decisiva ya no es si alguien informó al presidente de los costos: es qué razones valoró más al resolver que su ministro permaneciera.

Existe una interpretación favorable a Kast que no podemos desestimar por simple discrepancia política. El presidente sostiene que remover al ministro habría sido el camino fácil y que lo difícil consiste en asumir el problema y corregirlo. El analista Gonzalo Müller ha defendido que esta podría ser una decisión deliberada de liderazgo: soportar costos inmediatos, mantener al colaborador y conseguir una reforma legal capaz de impedir nuevas rebajas. En efecto, Justicia ha convocado conversaciones parlamentarias e impulsado una agenda legislativa. Si esa estrategia obtiene resultados, recompone los acuerdos y entrega garantías a las víctimas, podría modificar la evaluación actual. Una columna crítica seria no puede anunciar como fracaso inevitable una apuesta cuyos resultados todavía están abiertos.

Pero precisamente porque se trata de una apuesta presidencial y no de una obligación jurídica de mantener a Rabat, debe ser examinada por sus consecuencias. ¿Ha logrado ordenar a los partidos que respaldan al Ejecutivo? ¿Ha facilitado la interlocución del ministro con el Congreso? ¿Las nuevas explicaciones despejaron las contradicciones anteriores? ¿El respaldo presidencial disminuyó el conflicto o produjo nuevas controversias que obligan a defender una y otra vez la misma decisión? Estas preguntas permiten poner a prueba nuestra hipótesis. La fortaleza de un liderazgo no se comprueba solo en la disposición a resistir presiones, sino también en su capacidad para obtener resultados mediante esa resistencia.

Los antecedentes conocidos hasta el 2 de noviembre ofrecen señales preocupantes. La salida del subsecretario Luis Silva, luego de difundir un video sobre su intervención en la firma de decretos, no cerró el cuestionamiento a Rabat. La oposición anunció que dejaba de considerarlo un interlocutor válido para la tramitación legislativa. Esa declaración no elimina las atribuciones legales del ministro y responde también a una estrategia opositora. Sin embargo, señala un obstáculo real: la autoridad encargada de promover la reforma debe negociar con parlamentarios que ahora cuestionan su legitimidad política para representarla. Mantener al ministro puede terminar dificultando la solución que el presidente utiliza para justificar su continuidad.

La controversia adquirió además una dimensión judicial. La Fiscalía Metropolitana Centro Norte inició una investigación por una denuncia de presunta prevaricación administrativa contra Rabat y Silva. El 2 de noviembre se informó que el ministro figuraba como imputado. Esa condición no equivale a una formalización ni demuestra culpabilidad; determinar si existió delito corresponde al Ministerio Público y a los tribunales. Tampoco puede atribuirse la apertura de la causa a la decisión presidencial de mantenerlo. El hecho políticamente relevante es otro: la ratificación obliga ahora al Gobierno a sostener a un ministro cuya gestión enfrenta simultáneamente cuestionamientos administrativos, parlamentarios y una investigación penal en curso.

Las encuestas muestran el alcance público del problema, aunque tampoco permiten atribuir toda la desaprobación presidencial al caso Rabat. La Plaza Pública Cadem del 1 de noviembre situó la aprobación de Kast en 26%, siete puntos menos que al comienzo de la controversia. Un 70% rechazó la decisión de mantener al ministro y un 81% consideró que debían ponderarse tanto los argumentos jurídicos como las consecuencias políticas y sociales. El desempleo, las dificultades económicas y otros episodios también pesan en la evaluación ciudadana. Pero esas cifras permiten descartar una lectura tranquilizadora: la crisis no se ha mantenido circunscrita a Justicia y el respaldo presidencial no ha logrado neutralizar, al menos por ahora, el rechazo público.

Aquí se revela el mecanismo más importante. La primera decisión trasladó al ministerio la responsabilidad de aplicar directamente un criterio que antes podía quedar sujeto, en determinados casos, a revisión judicial. La segunda dejó abierta una pregunta sobre la capacidad del ministerio para transmitir advertencias al centro político. La tercera trasladó a Kast la responsabilidad de sostener personalmente la permanencia de Rabat cuando ya conocía la controversia. Es una cadena de decisiones, no una cadena de delitos acreditados. Su efecto probable es que cada nueva revelación sobre los decretos ya no interpele solo al ministro: también obliga al presidente a explicar por qué sigue considerando apropiado mantenerlo.

La estrategia de control de daños corre entonces el riesgo de transformarse en una fuente de daño adicional. Una renuncia ministerial habría tenido costos inmediatos, pero la decisión de mantenerlo puede acumularlos. La permanencia necesita nuevas defensas cada vez que aparecen antecedentes, recrudece el conflicto parlamentario o se contradicen las vocerías. Un presidente puede ganar autoridad dentro de su gabinete al demostrar que tiene la última palabra y, simultáneamente, perder capacidad para ordenar a sus aliados y persuadir a la ciudadanía. Esa es la paradoja que merece ser examinada: la firmeza personal no garantiza conducción política.

No sabemos si detrás de la decisión presidencial prevaleció la lealtad, la confianza en los conocimientos de Rabat, una convicción jurídica sincera o el cálculo de que la reforma legislativa permitirá superar el episodio. Podemos discutir esas posibilidades, pero no convertirlas en hechos sin pruebas. La pregunta que sí admite una respuesta pública es más concreta: ¿qué documentos recibió Kast, qué alternativas se le presentaron?, ¿cómo ponderó sus costos y con qué indicadores evaluará si mantener al ministro permitió corregir el problema? La confianza presidencial es una atribución legítima; no puede transformarse en una explicación que se baste a sí misma.

Mi conclusión sigue siendo que Rabat debería dejar el cargo. No porque una denuncia lo convierta en culpable ni porque las encuestas tengan la facultad de nombrar ministros, sino porque su capacidad de juicio político y de interlocución institucional ha quedado seriamente comprometida. Pero su salida no respondería por sí sola las preguntas pendientes. Es necesario conocer los informes del cambio de criterio, las advertencias y su destino, las razones de las resoluciones discrepantes y la información entregada al Congreso. También se requiere esclarecer cómo se escuchará a las víctimas y qué controles impedirán que una decisión de semejante sensibilidad se procese sin deliberación suficiente. Sin esa reconstrucción, un cambio de gabinete podría cerrar la noticia, pero no corregir las condiciones que hicieron posible la crisis.

La conducción de un gobierno no se agota en tener la autoridad formal para decidir. Consiste también en crear instituciones capaces de advertir errores, procesar diferencias y corregirlos antes de que se vuelvan problemas de todo el Estado. Kast podía mantener a Rabat; nadie le discute esa atribución. Lo que debe explicar es por qué esa decisión continúa siendo adecuada cuando el conflicto persiste, la interlocución se deteriora y su propia autoridad paga el costo. Una presidencia fuerte no es aquella que jamás retrocede. Es aquella que sabe distinguir entre perseverar en sus principios y aferrarse a una decisión que puede terminar debilitando los fines que dice defender.