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El Derecho a Informarse

Crédito Fotografía: Patricio Muñoz Moreno

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El derecho a la información se concibe como “un derecho universal, inviolable e inalterable del ser humano moderno” y como tal le corresponde al Estado garantizar el acceso a la información” (Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos 1948).

Desde que se iniciaron las protestas y movilizaciones sociales, la libertad de expresión se ha visto gravemente vulnerada. Así lo consigna el informe realizado por Datos Protegidos y el Observatorio del Derecho a la Comunicaciónpara la Audiencia sobre la situación de Derechos Humanos en el contexto de la protesta social en Chile durante el 174º período de sesiones realizado el pasado 11 de noviembre en la ciudad  de Quito, Ecuador.

Las situaciones documentadas dan cuenta de la obstrucción en el acceso a la información pública sobre detenciones y heridos, reuniones secretas del gobierno con empresarios y principales canales de TV y medios escritos; así como el filtrado automático y bloqueo de cuentas de redes sociales, la restricción de tránsito a periodistas en contexto de toque de queda y ataques, amenazas e intimidaciones a periodistas, comunicadores y medios de comunicación.

EL 25 de octubre, el Consejo para la Transparencia, mediante un oficio dirigido a los Ministerios de Defensa e Interior, Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile y Gendarmería, advirtió sobre la necesidad de disponer de información de detenidos. En el citado oficio se indica que deberá quedar en un registro, el que, en conformidad con lo dispuesto expresamente por la Constitución, es público y, por tanto, puede acceder a él cualquier persona, en tanto constituye una fuente de acceso público”. A diario hemos observado el no cumplimiento de esta disposición, así como la poca rigurosidad respecto de datos e información relativa a personas detenidas, heridos y circunstancias en las que se produjeron los casos de personas muertas. Por su parte, el instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha informado de limitaciones al acceso a determinados datos oficiales, instancia que estaría demostrando que no ha contado con acceso a todas las fuentes oficiales.

El Juego Informativo

Por su parte el Presidente de la República ha emitido mensajes oficiales a través de conferencias, pero no ha permitido preguntas de la prensa. Esta práctica supone una alteración unilateral de las reglas del juego informativo y una falta de respeto al equilibrio que exige la libertad de expresión en las relaciones entre el poder y los medios de comunicación. De este modo, pareciera evidente que se pretende asegurar la difusión del mensaje que interesa, sin riesgos de contrapartida alguna. En consecuencia, estamos recibiendo propaganda y no información.

Respecto a la cobertura informativa realizada por los canales de televisión de mayor alcance o presencia nacional, debemos señalar que ésta ha sido criticada tanto por los espectadores como por el Consejo Nacional de Televisión, organismo que durante el mes de octubre recibió 420 denuncias, de las cuales 75 corresponden a Teletrece y 43 a Meganoticias, ambas estaciones de carácter privado.

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH incluye entre sus principios que “Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de loscomunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”. El 19 de octubre el Presidente Sebastián Piñera y el Ministro del Interior, Andrés Chadwick, citaron a los máximos ejecutivos de los canales locales a La Moneda, según las declaraciones realizadas por la Federación de Trabajadores de Canales de Televisión (FETRA TV) y el Colegio de Periodistas, el Gobierno intentó intervenir en la agenda informativa de los canales de televisión. La cobertura sesgada y la construcción de noticias falsas se utilizan comunicacionalmente para explicar así la justificación de actos que, de otra forma, serían intolerables.

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