viernes, abril 26, 2024
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Nueva Constitución y Municipios, una Oportunidad Para Construir Poder Local

Foto: Imagen captada de transmisión de Canal 13

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Sin duda la movilización social cambio el eje de la política Chilena. Sin embargo, no es menos cierto que la Consulta Comunal Ciudadana planteada por los municipios, aceleró y actuó como catalizador para que el Ejecutivo y el Parlamento buscaran un acuerdo para un camino de cambio constitucional con plebiscito de entrada y otro de salida, acuerdo  que fue firmado la madrugada del 15 de noviembre.

La propuesta de la AChM tuvo un amplio apoyo de diversos sectores de la vida nacional y permite resituar el debate sobre la autonomía de los territorios locales.

El municipalismo chileno ha planteado la necesidad de transitar desde las actuales administraciones municipales a verdaderos gobiernos locales. Sin embargo, son las normativas legales que rigen las que determinan lo que podemos o no realizar en las comunas.

Para el ejercicio de la función ejecutiva, el Presidente de la República cuenta con órganos de gobierno como los ministros de Estado, intendentes, gobernadores, y para la función de administración, cuenta con servicios públicos centralizados, además de los servicios descentralizados o de régimen de descentralización, tales como empresas públicas, gobiernos regionales y municipalidades.

Actualmente no es posible constituir Gobiernos Locales Autónomos si los municipios son considerados organismos de administración del Estado.

El ordenamiento jurídico consagra el carácter autónomo de las municipalidades. Sin embargo, estas son parte del Estado Unitario consagrado en el Artículo 3 del Capítulo I de la CPR, denominado Bases de la Institucionalidad.

Pensar en un nuevo municipio

Entonces, una primera conclusión indica que no es posible pensar en un nuevo municipio como gobierno local real si no se modifican aquellos aspectos constitucionales que lo consideran un órgano de administración. Esto debe ser considerado cuando se redacte una Nueva Constitución.

Por otra parte, para gobernar se precisa autonomía financiera y es complejo “administrar” un municipio si aumenta su carga funcional y no se le asignan los recursos suficientes.

Al respecto, el penúltimo inciso del art. 5º de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM), señala que “cualquier nueva función o tarea que se le asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo”.

Asimismo, el artículo 118 de la CPR, indica que los municipios gozarán de autonomía para la administración de sus finanzas. Al repasar estas disposiciones legales, es necesario mencionar la jurisprudencia sobre el carácter de la LOCM. En los dictámenes Nº 10422 y 24022 del año 2001, la Contraloría General sostuvo que las leyes orgánicas constitucionales no tienen rango superior a las legislaciones comunes, sino que tienen igual jerarquía, diferenciándose entre sí únicamente por las materias que la regulan.

Hoy no existe disposición legal que garantice el cumplimiento de la obligación descrita en el inciso cuarto del artículo 5º, de la LOCM. Debido a la ausencia de tal disposición legal, los municipios se han visto obligados a financiar con fondos propios las nuevas funciones y atribuciones que se les han asignado en los últimos años.

Una segunda conclusión indica que una Nueva Constitución debe establecer que cualquier nueva función u obligación que se les asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo.

He aquí un claro ejemplo de como una Nueva Constitución incidiría en la calidad de vida nuestros vecinos y vecinas, ya que al no tener asegurado en la Constitución el financiamiento de cada nueva función municipal, se amplía la brecha entre municipios ricos y los que sobreviven con escasos recursos. Así aumenta la desigualdad, la que no sólo es social y económica, sino que es también una desigualdad territorial.

Desde el poder local

Por otra parte, en medio de la crisis política que vive nuestro país, diversas encuestas indican que las autoridades locales son los mejores evaluados de la llamada “clase política”. La nutrida presencia de alcaldes y alcaldesas en medios de comunicación, cabildos y asambleas vecinales, muestran que, de manera transversal, son las autoridades más cercanas a la gente. Efectivamente es el municipio el gran prestador de servicios sociales y a través de estas corporaciones edilicias el Estado central vehiculiza múltiples beneficios. Además, administran la Salud Primaria, donde se atiende cerca del 80 % de la población del país. Sumamos también múltiples funciones en cuanto a infraestructura pública.

El municipio de antaño que realizaba 5 o 6 funciones, hoy se empina en cerca de una centena. Además, podemos decir que los municipios son la única línea del Estado que está presente en todo el territorio. ¿Entonces no será hora de darle al territorio comunal y al municipio la relevancia constitucional que en la práctica hoy día tiene? La comuna debería ser el espacio privilegiado para la participación ciudadana, para la opinión y decisión de los vecinos y vecinas sobre el proyecto común del territorio que habitan.

 Por ello, una nueva Constitución debería consagrar el poder local como un elemento básico de nuestra democracia, una democracia más intensa, que no se agote en lo procedimental de la elección cuatrienal de alcaldes y concejales y donde estos últimos tengan condiciones efectivas para realizar sus funciones. Un poder local que por ley contemple instrumentos de planificación como los Planes de Desarrollo Comunal que se elaboren de manera comunitaria incluyendo mecanismos de decisiones presupuestarias participativas.

Y por qué no, que incluya Revocatorias de Mandato, a partir del incumplimiento de un programa de gobierno, el cual debería ser presentado notarialmente y de manera obligatoria por todos los candidatos y candidatas a las alcaldías. No estamos planteando nada nuevo pues muchas de estas propuestas las hemos realizado antes y se llevan a la practica en muchos lugares del mundo.

 A nuestra gastada democracia le hace falta participación, pero no de simulacro, sino que participación para la decisión, en el territorio, donde la gente habita, en ese espacio geográfico socialmente construido con equidad y solidaridad. Para eso, también, se necesita una nueva Constitución, para tener verdaderos Gobiernos Locales.

Iván Borcoski
Iván Borcoskihttps://pagina19.cl
Licenciado en geografía U de Chile. Miembro de la Corporación "Región Constituyente"

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