jueves, mayo 9, 2024
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Corporación Humanas valora condena de la Corte Suprema por torturas y violencia política sexual en dictadura en “Venda Sexy”

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La Corte Suprema de Chile ha rechazado el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia que condenó a cuatro agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en 2020, por su responsabilidad en los delitos de secuestros calificados y aplicación de tormentos con violencia sexual perpetrados entre septiembre y diciembre de 1974 en contra de Beatriz Bataszew Contreras, Cristina Godoy Hinojosa, Laura Ramsay Acosta, Sara de Witt Jorquera, Carmen Holzapfel Picarte, Clivia Sotomayor Torres, y por los secuestros calificados y aplicación de tormentos en contra de Agustín Holgado Bloch, Luis Ahumada Carvajal, Eugenio Alarcón García y Luis Bernal Venegas.

El máximo tribunal desestimó el recurso al estar mal formulado y rechazó la aplicación de la figura de la media prescripción para reducir las penas, por tratarse de crímenes de lesa humanidad. De esta manera se confirman las condenas de Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Rivas Díaz y Hugo del Tránsito Hernández Valle a quince años y un día, como autores, y de Alejandro Francisco Molina Cisternas a dos penas de 541 días como cómplice, además de la indemnización que corresponde al Estado entregar a las víctimas.

Una de las querellantes en la causa, la psicóloga Beatriz Bataszew, sostuvo que considero importante el hecho de que la sentencia certifique el carácter de lesa humanidad e imprescriptibilidad de los crímenes sexuales cometidos por los agentes del Estado chileno, de manera sistemática y generalizada, contra los cuerpos y sexualidades de las mujeres que luchamos contra la dictadura cívico-militar. Este fallo emitido después de 49 años de ocurridos los hechos y 19 años de tramitación legal, lo valoro sólo como una constancia necesaria, pero que no alcanza a constituir la medida de justicia que como sobreviviente he buscado”.

Recordemos que en la sentencia dictada por el ministro Mario Carroza Espinosa en 2020 se destacó la particularidad de la represión ejercida por los agentes del Estado en el recinto denominado “Venda Sexy”, en especial contra las mujeres, señalando que, en el lugar, luego de haber sido secuestradas, se les mantuvo vendadas, amarradas, sometidas a continuos interrogatorios, aplicación de electricidad, golpes, agresiones sexuales y violaciones, causándoles grave sufrimientos físicos y psíquicos. La sentencia releva el caracter sistemático de la violencia sexual ejercida por agentes del Estado y su especificidad como manifestación de violencia contra las mujeres, calificando los hechos como crímenes de lesa humanidad.

Camila Maturana Kesten, directora de Corporación Humanas, organización feminista que ha representado a Beatriz Bataszew ante tribunales desde 2016, resaltó que “las mujeres sobrevivientes de violencia política sexual llevan décadas buscando verdad, justicia y reparación. Por ello es importante que la Corte Suprema haya dictado sentencia definitiva respecto a algunas de las víctimas de “Venda Sexy”, condenando a los perpetradores y definiendo alguna clase de reparación frente al daño causado”.

Sin embargo, resaltó que se trata de una medida parcial, en tanto la inmensa mayoría de crímenes de violencia sexual permanece impune. “A 50 años del golpe de Estado, esperamos que esta sentencia de la Corte Suprema contribuya a clarificar que bajo ninguna circunstancia resultan admisibles las violaciones a los derechos humanos y que la violencia política sexual debe ser reconocida y sancionada pues se trata de crímenes de lesa humanidad. Más allá de esta sentencia, sigue siendo necesario avanzar en políticas integrales de reparación para las víctimas y especialmente en garantías de no repetición. Chile debe comprometerse con el nunca más”, concluyó la directora de Corporación Humanas.

Link a la sentencia

 

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