miércoles, mayo 1, 2024
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Luis Hermosilla: un saltimbanqui que brincó desde la militancia del PC a capo y compinche de pájaros de cuentas

Captura de pantalla Poder Judicial TV

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No va más. Es demasiado. La corrupción de los poderosos en Chile para defender sus intereses volvió a quedar al descubierto con más potencia que las bombas de ruido en Concepción al revelarse audios que revelan una madeja maloliente y que que se enmarca en la asociación ilícita descrita en nuestro Código Penal (CP).

El artículo 292 del CP señala que “toda asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades, importa un delito que existe por el solo hecho de organizarse”. La penalidad parte de los 5 años y un día y puede llegar a los 20 años. Se conforma con un mínimo de tres personas. Es la figura exacta. Tres maleantes urdiendo sus fechorías de cuello y corbata en el barrio alto, mientras seguramente bebían café Juan Valdés y galletitas artesanales.

Al lado de Luis Hermosilla la ex alcaldesa de Antofagasta Karen Rojo, condenada a cinco años y un día es una niña de pecho frente a la magnitud de los montos de las coimas que pagaron a “servidores públicos” del Servicio de Impuestos Internos y de la Comisión del Mercado Financiero.

La Fiscalía Oriente deberá aportar nuevas pruebas del actuar mafioso de Hermosilla para satisfacer a sus voraces clientes. La maniobra delictual consistía en saber con antelación el detalle de los sumarios que afectaban a sus clientes, para una “eficaz” defensa.

Estilo cosa nostra

Quizás, su línea de defensa será que todas las grabaciones e interceptaciones de comunicaciones personales deben ser autorizadas por un juez de garantía. Sin embargo, existe una jurisprudencia de la Corte Suprema en un caso de derecho laboral en que si fue admitida como prueba.

Así, Hermosilla deberá aplicarse de sus mejores conocimientos de derecho procesal penal para defenderse.

También debiera enfrentar al Colegio de Abogados al infringir el artículo 5 del código de ética que expresa que se “debe obrar con honradez, integridad y buena fe y no ha de aconsejarle a su cliente actos fraudulentos”. El audio difundido es precisamente un razonamiento en que explica sus métodos a una de sus abogadas y su cliente, al mejor estilo de la cosa nostra.

La jurisprudencia entiende que las grabaciones ocultas son válidas ya que no puede haber secreto para aquél a quien la conversación se dirige ni vulneración de la intimidad puesto que cuando una persona emite voluntariamente una opinión o secreto a su contertulio sabe de antemano que se desprende de sus intimidades al comunicarlas a otros, quienes pueden usar su contenido sin reproche jurídico.

Trizando la imagen de la justicia

Pero los hechos van más allá del mero procedimiento procesal. Las prácticas del abogado son un atentado a la fe pública, al descrédito de la justicia y de sus intervinientes: los abogados son parte de ese entramado. De hecho, son envestidos como tales por la propia Corte Suprema en un acto solemne. Una prueba de fuego para el nuevo Fiscal Nacional.

Hermosilla fue contratado por el segundo gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera en diversos casos de connotación nacional y por muchos, demasiados millones. ¿Utilizó los mismos métodos reñidos con la ley y la ética?

Lo que nos dice el trío en su reunión de “trabajo” es que si eres poderoso todo se puede comprar en una sociedad que eleva la posesión de bienes materiales a un valor en sí.

Hermosilla daña el crédito de la profesión de miles de abogados honestos. Triza la imagen de la justicia frente al ciudadano común, mostrándola irrisoria, donde el pobre siempre lleva las de perder frente a los carteles empresariales que alquilan bufetes que no se detienen ante nada y ante nadie con su desenfrenada codicia.

Hermosilla es un abogado conocido que optó por transformarse en un saltimbanqui político que pasó de la militancia en el Partido Comunista, de litigar en la defensa de los derechos humanos a defender a pájaros de cuentas civiles impunes hasta hoy que apoyaron una dictadura que violó gravemente lo más preciado y esencial de la dignidad del hombre y la mujer. El derecho a la defensa es un derecho fundamental y no se puede reprochar a un abogado defender a un cliente sea cual sea el delito cometido.

Otra cosa -en lo profesional- es la connivencia, la complicidad, el hacerse compinches del cliente, servirle, ser servil, algo que no tiene el ladrón de un balón de gas, el lanza. Ese mismo que asaltó a Leonarda Villalobos el mismo día de la reunión gansteril en la oficina del capo, donde llegó después, tal vez, a servirse un carajillo con cognac francés Hennisse Richard para pasar ese mal rato, tamaño  susto y relajar los nervios.

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