viernes, abril 26, 2024
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Colegio de Enfermeras y Enfermeros llama a aprobar propuesta de nueva Constitución

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Ya son varios colegios profesionales que se han sumado a aprobar la nueva Constitución, entre ellos el Colegio de Periodistas y de Ingenieros. Ahora, es el turno del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Chile que, un extenso comunicado, dan sus razones para respaldar la nueva Carta Magna.

“En el plebiscito de salida del próximo 4 de septiembre, los chilenos y chilenas debemos decidir si aprobamos el texto constitucional que nos propuso la Convención o, si de rechazarse, mantendremos la que tensionó al país por no ser un marco institucional apto para procesar y resolver las necesidades de nuestro pueblo”, expresan.

Y agregan que las enfermeras y enfermeros, como parte de la sociedad chilena, “no puede resultarnos ajeno este proceso en que se sientan las bases de la futura convivencia nacional”.

A continuación, la Orden profesional enumera los 6 ejes que les resultan relevantes para aprobar la propuesta de nueva Constitución:

I.- El cambio de paradigma de convivencia social, político y económico (artículo 1)

a) Se redefine a Chile como un Estado social y democrático de derecho, constituyéndolo como una República solidaria, asignándole el deber de generar las condiciones necesarias para proveer los servicios que aseguren igual goce de derechos y condiciones de vida.

b) Lo anterior, reemplaza el rol subsidiario y prescindente del Estado en la vida social y económica del país, como mero espectador de una vida colectiva que deja librada a las fuerzas del mercado la satisfacción de las necesidades esenciales de los chilenos.

II- Avance civilizatorio e igualdad sustantiva (artículo 6 y artículo 27)

a) La igualdad formal ante la ley avanzará a igualdad sustantiva para hombres, mujeres, diversidades y disidencias sexuales y de género.

b) En efecto, todos los órganos colegiados del Estado, los autónomos constitucionales, los de dirección de la administración pública y de las empresas del Estado, deberán ser de composición paritaria.

c) En el diseño institucional y en las políticas públicas se deberá incorporar el enfoque de género.

III.- Reconocimiento y fortalecimiento de los derechos sociales

a) Derecho a vivienda digna (artículo 51).

b) Derecho a la seguridad social, mediante un sistema de seguridad social público financiado por trabajadores y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias y rentas generales de la nación y que incluye a quienes ejercen trabajo doméstico y labores de cuidado (artículo 45).

c) Fortalecimiento de los sindicatos, radicando sólo en ellos la titularidad para negociar colectivamente, por rama de actividad, sector o en la empresa (artículo 47).

d) Derecho a la salud física y mental (artículo 44) y creación de un Sistema Nacional de Salud financiado por rentas generales de la nación y por cotizaciones obligatorias que determine la ley. Esto permitirá al Estado asumir el rol protagónico en la promoción de una vida sana, en la prevención de enfermedades, en asegurar diagnósticos oportunos de las enfermedades y en el acompañamiento y rehabilitación para las que lo requieran, incluyendo los cuidados de fin de vida.

e) Derecho a cuidar y ser cuidado (artículo 50) lo que se implementará a través de la creación de un Sistema Nacional de Cuidados (artículo 50).

f) Derecho de propiedad y en caso de expropiación, al pago de un precio justo.

IV.- Reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos.

V.- Otorgamiento a los colegios profesionales del carácter de corporaciones de derecho público (creadas por ley) y a cargo del control ético de sus asociados y representar a la profesión ante el Estado (artículo 74).

Este tópico es de crucial importancia para nuestro cuerpo colegiado, en torno al control de la formación y práctica de nuestros saberes.

VI.- Fortalecimiento y profundización de la democracia (artículo 144).

a) Se establece el derecho de la ciudadanía a participar de manera incidente y vinculante en asuntos de interés público (artículos 152 a 158).

b) Lo anterior se obtiene garantizando el ejercicio de una democracia participativa a través de mecanismos de democracia directa y de consultas plebiscitarias a nivel regional y local e iniciativas populares de ley, derogación de ellas y de reformas constitucionales.

VI.- Por primera vez en la historia de Chile el poder de soberanía, de la cual es su titular, será ejercido por la ciudadanía, revistiendo de total legitimidad a la Constitución de la República de Chile, de la que efectivamente carece la constitución política de 1980.

Teniendo además presente que el texto propuesto resuelve y consagra antiguas reivindicaciones del feminismo y que nuestro gremio es reconocidamente feminizado, es que el Directorio Nacional del Colegio de Enfermeras de Chile A.G. invita a las enfermeras, enfermeros y a la sociedad en su conjunto, a APROBAR el texto constitucional que se nos ha propuesto.

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