Periodista.
Muchas organizaciones se dieron cita en el Ex Congreso Nacional en el marco de la realización del Foro Latinoamericano de Derechos Humanos (FOLADDHH). Una de ellas fue la vocera del “Comité 19 de Octubre”, María Fernanda Astudillo, quien lidera un grupo de abogados de Concepción que aprovecharon la contingencia para crear esta organización que lleva por nombre la fecha en que comenzó la movilización en lacapital de la Región del Biobío. En entrevista con Página 19 María Fernanda nos cuenta el proceso para crear su orgánica.
En general ha sido una labor bastante dificultosa en las comisarías: Carabineros no nos entrega la información, no se respeta el derecho de defensa que tienen las personas detenidas, se les golpea brutalmente, hemos tenido varios casos en esas situaciones ahora también. Como comité estamos viendo las detenciones en sí, estamos recibiendo a través de nuestro correo denuncias de personas que han sido detenidos o que han sido golpeadas en lasmanifestaciones y que quieren presentar acciones legales.
Ahora, nuestra labor en las comisarías ha bajado un poco. La verdad es que el número de detenidos considerando los primeros días, cuando comenzó el movimiento social, eran mucho más los casos en comisarías. Estábamos hasta cerca de las 2 de la madrugada en las dependencias policiales. Ahora ya ha bajado mucho ese flujo. Ahora nos estamos dedicando a asistir a los cabildos, a ir a las organizaciones sociales de base, a ir organizaciones y establecer redes con otros profesionales para poder apoyara las personas que se están manifestando. Ése el trabajo que hemos hecho.
Si eres menor de edad, uno: debes estar separado/a de los adultos; dos, sólo declarar con un abogado o abogada presente que te esté defendiendo a ti; tres, tienes derecho a ver a un familiar; cuatro, no estás obligado a firmar nada que pueda incriminarte o que reconozca algo con lo que no estás de acuerdo.
En caso de menores de 14 años, tienes derecho a solicitar que te liberen de inmediato porque no se te puede imputar un delito, se debe contactar a un adulto responsable. Eso a grandes rasgos es la información que como Comité estamos siempre entregando a las personas.
Tenemos un caso, en que ya se han iniciado las acciones legales, en que un niño de 16 años sufre una lesión ocular grave por una bomba lacrimógena, niñas de 16 años amenazadas con ser violadas por cinco carabineros, un chico universitario que en control de identidad queda con tres fracturas graves y nadie se hace responsable de estas situaciones.
–El Estatuto de Roma señala en su artículo 5 cuáles son los crímenes que puede conocer la Corte Penal Internacional y, entre ellos, están los crímenes de lesa humanidad. Al ser Chile un Estado parte, ratificando y publicando este estatuto, lo que hace es aceptar la jurisdicción de la Corte Penal Internacional que puede por ello juzgar a jefes de Estado o de gobierno y comandantes militares, quienes responden por los hechos bajo su cargo y también los realizados aún bajo orden de un superior. Es también necesario mencionar que la Corte Penal Internacional ejercerá su jurisdicción en cuanto los tribunales nacionales no lo hagan. Debemos entonces también ver la posibilidad de que más allá de la responsabilidad política que se sanciona con la acusación constitucional, hay que intentar llevar a la justicia nacional primero a las autoridades responsables de estas violaciones.